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Parana » La Rosca online
Fecha: 13/08/2025 02:29
La Rosca | Violencia en hospitales y escuelas| “El proyecto establece una herramienta legal para poder defenderse porque no hay absolutamente nada. Te pegaron, te lastimaron una costilla, te dieron una trompada y no tenés a quien acudir: no tenés una herramienta legal que te defienda como personal de salud”, manifestó. Algo similar ocurre en las escuelas. Salinas asegura que a veces los docentes reciben agresiones hasta por una nota baja a un alumno. “Podés hacer una denuncia, pero eso tampoco avanza porque no hay una herramienta legal que te proteja”, expresó. Para las agresiones más graves se prevén multas van de 201 a 500 JUS (unidad de medida arancelaria), se prohíbe el ingreso por 6 meses a 2 años, y además puede iniciarse una denuncia penal si la conducta constituye un delito mayor. Se consideran conductas sancionables las agresiones físicas y verbales, el acoso psicológico, los daños a bienes personales o institucionales como represalia, y cualquier otra acción u omisión que afecte la integridad física, psicológica o moral de los trabajadores protegidos por la ley. Las sanciones varían según la gravedad de la infracción: para faltas leves se aplica un apercibimiento formal y una multa de hasta 50 jus; en casos graves, la multa oscila entre 51 y 200 jus junto con la prohibición de ingreso a la institución por un período de 1 a 6 meses; mientras que, para infracciones muy graves, las multas van de 201 a 500 jus, se prohíbe el ingreso por 6 meses a 2 años, y además puede iniciarse una denuncia penal si la conducta constituye un delito mayor. Salinas sostuvo que elaboró la iniciativa de acuerdo a lo que se registra en el hospital Masvernat pero el Ministro de Salud de la provincia, Daniel Blanzaco, le dijo que se repite en casi toda la provincia. “En las guardias generalmente pasan estas situaciones. La gente llega enojada, con problemas, pidiendo explicaciones que no se tienen o por demoras. No entienden que las guardias están colapsadas muchas veces”, expresó. Según sostuvo, Blanzaco le expresó que no hay ninguna ley que ampare a los trabajadores en estos casos. La diputada sostuvo que las agresiones, verbales o físicas, a veces provienen de los pacientes y muchas veces de los familiares porque quieren tener una respuesta inmediata o quieren ingresar de mala manera o con empujones a lugares donde sólo pueden pasar las personas heridas o enfermas. Entre los fundamentos del proyecto, se establece que se debe a la creciente problemática de violencia física, verbal y psicológica que afecta a los integrantes de los equipos de salud y educación de la Provincia de Entre Ríos. “Reconociendo que los episodios de violencia en estos sectores vulneran la dignidad, la seguridad y el bienestar de quienes dedican su labor al servicio público, se hace indispensable establecer medidas concretas para prevenir estas situaciones, proteger al personal y sancionar las conductas que atenten contra su integridad”, se resalta. La Ley N.º 8281, que establece un régimen especial para agentes de la administración pública que se desempeñan en los servicios de salud mental, ha demostrado ser un antecedente valioso para la regulación de condiciones laborales seguras en sectores específicos. “Sin embargo, resulta necesario ampliar esta protección a todo el personal de salud y educación, extendiendo su alcance para cubrir los riesgos y desafíos que enfrentan en sus actividades diarias”, se expresa. “Con esta legislación, la Provincia de Entre Ríos reafirma su compromiso de garantizar entornos laborales seguros, libres de violencia y respetuosos, consolidando los derechos de quienes, a través de su labor, construyen un futuro más equitativo y próspero para la sociedad”, se señala. El proyecto cuenta con 32 artículos. Los más importantes son: -Artículo 1° – Objeto: Establece que el objetivo principal de la ley es garantizar entornos laborales seguros y libres de violencia para el personal de salud y educación en Entre Ríos. -Artículo 2° – Autoridad de aplicación: Determina que los Ministerios de Salud, Educación y Trabajo serán responsables de aplicar la ley en sus respectivos ámbitos, tanto en el sector público como privado. -Artículo 3° – Principios rectores: La ley se basa en principios como respeto a los derechos humanos, prevención, equidad e integralidad para proteger a los trabajadores. – Artículo 5° – Campañas de sensibilización: Obliga al Estado a realizar campañas para concientizar a la población sobre la importancia del respeto hacia trabajadores de salud y educación. – Artículo 6° – Capacitación obligatoria: Exige a las instituciones brindar formación periódica a su personal para la prevención y manejo de la violencia laboral. – Artículo 9° – Monitoreo y evaluación: Crea un Comité de Monitoreo Interinstitucional para evaluar la efectividad de las medidas preventivas y elaborar informes anuales. – Artículo 11° – Garantía de protección: El Estado se compromete a brindar protección integral e inmediata a los trabajadores víctimas de violencia. – Artículo 12° – Asistencia a las víctimas: Establece equipos interdisciplinarios que ofrecerán atención psicológica, asesoramiento legal y acompañamiento a las víctimas. – Artículo 16° – Protección de denunciantes: Garantiza la confidencialidad y protección frente a represalias para quienes denuncien hechos de violencia. – Artículo 17° – Conductas sancionatorias: Tipifica las acciones violentas físicas, verbales y psicológicas como infracciones punibles. – Artículo 18° y 19° – Tipificación y sanciones: Leves: Apercibimiento y multa de hasta 50 jus. Graves: Multa de 51 a 200 jus y prohibición de ingreso por 1 a 6 meses. Muy graves: Multa de 201 a 500 jus, prohibición de ingreso por 6 meses a 2 años, y posible denuncia penal si corresponde. – Artículo 22° – Denuncia obligatoria: Obliga a directivos de instituciones a denunciar cualquier hecho de violencia. El incumplimiento será considerado falta grave. – Artículo 23° – Valor del jus: Define el valor de la unidad sancionatoria (jus) en función del sueldo básico del escalafón público, asegurando su actualización automática. Fuente: Diario Junio
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