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  • Detrás del fallo por el Consejo de la Magistratura – Página Judicial

    Parana » Paginajudicial

    Fecha: 11/08/2025 02:13

    Un tema que genera controversia en la reforma del organismo tuvo una primera lectura en el Poder Judicial en el marco de una acción de inconstitucionalidad. La Legislatura tiene la última palabra. Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial La semana pasada se conoció un fallo del Superior Tribunal de Justicia (STJ) sobre la reforma del Consejo de la Magistratura que se hizo en el gobierno anterior. La judicialización de esa ley aprobada en la Legislatura llevó la firma del dirigente radical Juan Carlos Arralde, quien suele recurrir con frecuencia a los tribunales por cuestiones institucionales. La acción de inconstitucionalidad fue contra los artículos 6, 23, 26 y 28 de la Ley N º 11.003, que regula el funcionamiento del organismo que evalúa a postulantes para ingresar al Poder Judicial. Un dato a tener en cuenta es que esta petición la resolvió el STJ con una integración poco habitual. De los ocho que resolvieron sólo dos pertenecen al máximo órgano de justicia, los demás integran organismos inferiores. Cámaras y tribunales de juicio. Los nombres que actuaron fueron Gustavo Pimentel, Federico Tepsich, Gervasio Labriola, Mauricio Mayer, Santiago Brugo, Matilde Federik, Marcela Badano y Laura Soage. El punto que cobra mayor interés para lo que viene es el que se refiere al artículo 26, donde se establece la acción directa al STJ para impugnar o solicitar que se revise el proceso evaluatorio. Ese punto es el que se llevó la crítica más importante por parte de la oposición en la administración anterior, es decir Juntos por el Cambio. Ahora, el frente sentado en la silla del oficialismo, sacó esa posibilidad y repuso al fuero contencioso administrativo como primera instancia. Se sabe que la última instancia siempre será el STJ. Este es de los únicos puntos que el Gobierno no tomó de las sugerencias propuestas por la Asociación de la Magistratura y la Función del Poder Judicial. Vale la pena leer cómo salió la votación en ese punto. El planteo de declarar inconstitucional la acción directa ante el STJ fue rechazada por una mayoría compuesta por Pimentel, Labriola, Mayer, Brugo, Tepsich y Soage, quienes consideraron que no elimina el acceso a la justicia, no viola el principio de juez natural y es una opción válida dentro del marco del sistema judicial provincial. Se consideró razonable en función de la necesidad de una rápida resolución de las impugnaciones a fin de que los cargos sean cubiertos en el menor tiempo posible. En disidencia lo hicieron Badano y Federik. Seis sobre dos. El primer voto fue el de Pimentel, integrante de la Cámara de Casación Penal de Paraná, quien aparece como disidente respecto a sus pares Badano y Marcela Davite, custodias de los que resuelve el Ministerio Público Fiscal. Asoma, como en todos estos años, la disputa de poder más importante que se ha dado en la vida institucional y que no fue precisamente en Casa de Gobierno, sino en los tribunales de la capital provincial. La Procuración versus STJ. En rigor, sectores de cada una los lados. Aún quedan dos reformas -como reveló Página Judicial- que tendrán al Ministerio Público Fiscal y al STJ en el centro: el funcionamiento del Jurado de Enjuiciamiento y el Código Procesal Penal. Vuelta de tuerca a las reformas judiciales

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