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  • Absuelta por el beneficio de la duda

    Usuhahia » Diario Prensa

    Fecha: 01/08/2025 04:31

    La Fiscalía había pedido para Catalina Raipane Paredes una condena a prisión perpetua por considerarla autora del crimen de su pareja, José Llancapani. Pese a que la Justicia tardó cuatro años en analizar en juicio la muerte violenta de un joven de 26 años, finalmente no pudo determinar si se quitó la vida o si fue asesinado. ¿Lo mató su esposa? Puede ser. ¿No lo mató? También puede ser. Las dudas quedaron instaladas con la figura aplicada, mientras los familiares de la víctima ya evalúan casar el fallo. Catalina Raipane Paredes fue absuelta este jueves 31 de julio por el beneficio de la duda en el juicio en el que se le imputaba la muerte de su pareja, José Benito Llancapani, ocurrida en Ushuaia en julio de 2021. El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur resolvió que todos los elementos exhibidos en el debate no alcanzaron para determinar con certeza que la mujer haya sido autora del crimen, y en consecuencia dictó su absolución, tal como lo solicitaron los defensores Jesús González Saber y María Eugenia Díaz. En sentido opuesto, el Ministerio Público Fiscal —representado por los fiscales Guadalupe Martire y Nicolás Arias— había requerido la pena de prisión perpetua por homicidio agravado por el vínculo. En su alegato final, el defensor ante el Superior Tribunal de Justicia, Jesús González Saber, advirtió que una eventual condena a prisión perpetua podría constituir “un acto de crueldad” hacia su asistida y que, a su criterio, condenarla en estas circunstancias equivaldría a “incurrir en una forma de discriminación”. Con astucia, el alegato puso en tensión no solo la interpretación de los hechos sino también el enfoque ético del proceso, en el marco de un debate oral que se desarrolló en apenas tres jornadas pero que estuvo inserto en un proceso judicial de cuatro años. El hecho que dio origen al proceso ocurrió el 4 de julio de 2021. Personal policial acudió a un departamento de la calle Puerto Español 1729, donde encontró sin vida a José Llancapani, de 26 años, tendido en el piso, con una soga en el cuello. Catalina Raipane Paredes, entonces de 26 años, relató entre lágrimas que lo había encontrado colgado, ya sin signos vitales, y explicó que intentó reanimarlo luego de cortar la soga y arrastrarlo hasta el comedor. También sostuvo que su pareja había manifestado la noche anterior su voluntad de morir, debido a la ausencia de contacto con su familia en Chile. José Benito Llancapani, de 26 años de edad, era oriundo de la localidad chilena de Temuco y residía junto a su pareja Catalina Raipane Paredes, de la misma edad, y su hijo T. de 4 años, en un departamento de la calle Puerto Español 1729, en Ushuaia. La versión inicial de suicidio fue sostenida con firmeza por la mujer, quien organizó el velatorio y el posterior traslado del cuerpo hacia la Isla Puluqui, en la Región de Los Lagos, donde iba a ser sepultado. Sin embargo, la investigación a cargo del Juzgado de Instrucción N° 2, conducido por la jueza María Cristina Barrionuevo y el fiscal Eduardo Urquiza, identificó inconsistencias relevantes. Ningún testimonio recogido por los investigadores aportó indicios de una personalidad depresiva en la víctima, mientras que vecinos relataron haber escuchado una fuerte discusión en la vivienda durante la noche previa a la muerte. Fue la autopsia la que marcó un punto de quiebre en la causa. Aunque se confirmó que la muerte fue por asfixia por compresión del cuello, también se identificó un golpe en el cráneo de la víctima que, según los peritos, pudo provocarle un estado de sopor o semiinconsciencia. A eso se sumó el hallazgo de un palo de escobillón con restos de ADN tanto de la víctima como de la imputada, lo que llevó a los investigadores a inferir que Llancapani había sido atacado por sorpresa mientras estaba sentado en un sillón, y posteriormente estrangulado. La jueza Barrionuevo dictó el procesamiento de Raipane Paredes por homicidio agravado por el vínculo, ordenó su prisión preventiva y un embargo por un millón de pesos. En su resolución consideró que la mujer había intentado “confundir y despistar” a la Justicia, simulando un suicidio. El fiscal Urquiza opinó por su parte que el caso implicaba “una elaborada puesta en escena” con el objetivo de eludir la persecución penal. Raipane Paredes estuvo presa durante parte del proceso, pero fue liberada cuando vencieron los plazos de prisión preventiva, en atención además a que cuando ocurrieron los hechos era madre de un niño de 4 años. Es importante destacar que si bien el fallo provocó una visible alegría en la imputada —quien se fundió, aliviada del temor de terminar detenida, en un abrazo con sus defensores luego de escuchar la sentencia—, no alcanzó a despejar las sospechas que pendieron sobre ella durante todo el proceso. Porque eso significa, precisamente, una absolución por el beneficio de la duda: no afirma que la persona es inocente, sino que no existen pruebas suficientes para condenarla. ¿Catalina Raipane Paredes mató o no a José Llancapani? El fallo no da una respuesta definitiva. Puede que sí. Puede que no. La única certeza es que, para el Tribunal —integrado por los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla— no fue posible llegar a una verdad judicial plena. Del otro lado, la familia de Llancapani ya evalúa la posibilidad de presentar un recurso de casación contra la sentencia absolutoria. Así concluye, al menos por ahora, un proceso que comenzó con la imagen de una viuda desconsolada y terminó con un fallo que, sin condenar, tampoco despeja del todo las sombras.

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