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  • El Gobierno otorgará la ciudadanía argentina a extranjeros que hagan grandes inversiones en el país

    » AgenciaFe

    Fecha: 31/07/2025 18:41

    La medida fue oficializada a través del Decreto 524/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo, y publicado hoy en el Boletín Oficial. El régimen se basa en la Ley de Ciudadanía N° 346, la cual fue modificada por decreto a fines de mayo. La misma expresa determinados cambios respecto a los requisitos para obtener la ciudadanía argentina y la residencia, así como también el ingreso, la permanencia y la expulsión de extranjeros. Finalmente, con la publicación del nuevo decreto, se reglamentó que los extranjeros que hayan realizado una inversión considerable, según los criterios que determine el Ministerio de Economía, podrán solicitar la ciudadanía argentina ante la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión. Los extranjeros deberán presentar la solicitud ante la mencionada Agencia, la cual evaluará si la inversión realizada por el solicitante de la ciudadanía califica como “relevante”, siempre según los criterios que establezca el Ministerio de Economía. En caso de que la Agencia estime que la inversión cumple con los requisitos normativos para ser considerada como relevante, solicitará que determinados organismos públicos o privados se expidan respecto a si el otorgamiento de la ciudadanía al solicitante podría representar un riesgo para la seguridad nacional o para los intereses nacionales. Los informes podrán ser solicitados al Ministerio de Seguridad Nacional, la Unidad de Información Financiera (UIF), el Registro Nacional de Reincidencia, al Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), entre otros. Una vez recibidos los informes pertinentes, la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión elevará un informe a la Dirección Nacional de Migraciones para que recomiende la aprobación o rechazo de la solicitud, de acuerdo con el análisis realizado sobre el inversor. “En todos los casos en los que la inversión no califique como relevante o las áreas a las cuales se les hubiere solicitado información recomienden no otorgar la ciudadanía, en el informe que se eleve a la Dirección Nacional de Migraciones se hará constar dicha circunstancia y se propondrá el rechazo de la solicitud”, advierte el decreto. En este sentido, Migraciones tendrá en un plazo de 30 días hábiles desde que recibe el informe elaborado por la Agencia para analizarlo y resolver si se otorga la ciudadanía al extranjero inversor o rechazar la solicitud. Además, el decreto encomienda a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la adecuación de los sistemas y normativas para permitir la tramitación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a quienes obtengan la ciudadanía por esta vía. La Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión también tendrá la facultad de dictar la normativa complementaria y/o aclaratoria para regular el procedimiento y la evaluación de las solicitudes. El decreto entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial.

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