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  • Milei otorgará la ciudadanía argentina a extranjeros que inviertan en el país

    » Data Chaco

    Fecha: 31/07/2025 16:48

    El gobierno de Javier Milei reglamentó el procedimiento que deberán seguir los extranjeros que inviertan en el país para poder acceder a la "ciudadanía por inversión". El proceso será tramitado por la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, dependiente del Ministerio de Economía, que evaluará la solicitud, requerirá informes de seguridad y emitirá una recomendación fundada a la Dirección Nacional de Migraciones. De acuerdo a la normativa vigente, cualquier persona extranjera, que acredite haber llevado a cabo una "inversión significativa" en el país, puede iniciar el trámite. La medida fue oficializada a través del Decreto 524/2025, publicado en el Boletín Oficial de la fecha. El gobierno reglamentó el proceso para que los extranjeros accedan a la "ciudadanía por inversión". La medida oficializada complementa el Decreto 366/2025, publicado en mayo de este año, que modificó la Ley de Ciudadanía N°346 para incorporar la figura legal del "ciudadano por inversión". En detalle, la misma establece, en su artículo 2°, que podrán solicitar su ciudadanía "los extranjeros que acrediten ante la Dirección Nacional de Migraciones, cualquiera sea el tiempo de su residencia, haber realizado una inversión relevante en el país". Para comenzar el trámite, el interesado deberá presentar su solicitud de ciudadanía que será evaluada por la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión. En este punto, el organismo deberá analizar si la inversión realizada por el solicitante califica como "relevante", según lo que establezca el Ministerio de Economía, hoy conducido por Luis "Toto" Caputo. De estimar que la inversión cumple con los requisitos normativos, la mencionada agencia solicitará a distintos organismos que se "expidan respecto de si el otorgamiento de la ciudadanía al solicitante podría representar un riesgo para la seguridad nacional o para los intereses nacionales". Entre los entes que deberán emitir un reporte se encuentran; el Ministerio de Seguridad; la Unidad de Información Financiera; el Registro Nacional de Reincidencia; el Registro de Personas y la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE). Finalizadas las consultas, la agencia elevará a la Dirección Nacional de Migraciones un "informe circunstanciado por medio del que recomiende la aprobación o rechazo de la solicitud" del extranjero. Finalmente, será el área de Migraciones quien deberá definir si otorgar o no la ciudadanía. Para eso, tendrán un plazo de respuesta de 30 días hábiles. Notas Relacionadas

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