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» ActualidadChaco
Fecha: 31/07/2025 00:51
Sociedad Amparo contra el tarifazo de luz en Chaco: el Juzgado que tramitará la causa se definirá después de la feria judicial La Cámara Federal de Resistencia resolvió no habilitar la feria judicial para tratar el recurso de apelación de la Fundación The Rock contra la declaración de incompetencia del Juzgado Federal de Resistencia para entender en el amparo colectivo por los tarifazos de luz en el Chaco. Después de la feria recién se sabrá si se confirma la medida y se tramita en el Juzgado Federal de Sáenz Peña. El Juzgado Federal de Resistencia se declaró incompetente para tramitar la acción de amparo colectivo impulsada por la Fundación The Rock contra los tarifazos de energía eléctrica que afectan a todos los usuarios de la provincia del Chaco. Fue al considerar que la sede de la mencionada fundación se encuentra en la ciudad de Tres Isletas por lo que la competencia correspondería al Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña. En ese contexto, el abogado de la Fundación The Rock “La Roca”, José Galassi, apeló la declaración de incompetencia del Juzgado Federal de Resistencia y ayer la Cámara Federal de Apelaciones decidió no habilitar la feria judicial para analizar su planteo, que ahora deberá esperar la reanudación de la actividad judicial tras el receso invernal. La decisión de la Cámara Federal lleva las firmas de las juezas Rocío Alcalá y Patricia García. Ayer, en diálogo con CIUDAD TV, el abogado patrocinante del amparo, José Galassi, explicó que la presentación se realizó ante la Justicia Federal “porque está involucrada la Secretaría de Energía de la Nación, el ENRE, la mayorista Cammesa, e ingresa Secheep en la provincia del Chaco, porque es el órgano que tiene a cargo la recaudación del 100% de la factura”. En ese sentido, el letrado precisó que el amparo va a acompañado con un pedido de medida cautelar que retrotraiga el costo de las tarifas a abril de 2024. Definir la competencia territorial El caso llegó a la Cámara luego de que la jueza de primera instancia declarara su incompetencia y ordenara remitir las actuaciones al Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña. La Fundación apeló esta decisión, argumentando que la interpretación del domicilio en materia de competencia territorial era demasiado rígida y contraria a los principios del proceso colectivo moderno, como la tutela judicial efectiva y la economía procesal. La Fundación también solicitó la habilitación de la feria judicial, alegando urgencia y riesgo de frustración de derechos. Sin embargo, la Cámara consideró que no existía una circunstancia inminente que justificara esta medida excepcional, ya que las resoluciones impugnadas se venían dictando desde 2024 y la demanda se presentó recién el 10 de julio de 2025. El tribunal destacó que la habilitación de feria solo procede en casos de verdadera urgencia, donde la demora podría causar un mal irreparable. En este caso, no se acreditó que la decisión pendiente no pudiera esperar al receso judicial. No obstante, la Cámara se comprometió a estudiar el recurso con preferente despacho una vez finalizada la feria.
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