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  • Condenaron al muralista santafesino Andrés “Cobre” Iglesias por abuso sexual

    » Derf

    Fecha: 26/07/2025 20:59

    Un juez de Santa Fe condenó al artista a siete años y medio de prisión efectiva por abuso sexual con acceso carnal contra su ex pareja. La Fiscalía había pedido 10 años. La defensa, la absolución. Mientras, el creador del mural de Lionel Messi más grande de la Argentina seguirá en libertad Un hombre de 38 años identificado como Andrés Iglesias fue condenado a siete años y seis meses de prisión por haber abusado sexualmente de una mujer que era su pareja en San José del Rincón (departamento La Capital). Así lo dispuso el juez Lisandro Aguirre, en el marco de un juicio oral que finalizó esta tarde en los tribunales de la ciudad de Santa Fe. La fiscal Luciana Escobar Cello estuvo a cargo de la investigación y, junto con el fiscal Matías Broggi, representó al MPA en el debate. Luego de conocer el veredicto, la fiscal indicó que “si bien estamos conformes con la sentencia condenatoria, esperaremos los fundamentos para poder evaluar los pasos a seguir”. En tal sentido, precisó que “la pena está en el medio del mínimo legal y el monto de 10 años de prisión que habíamos solicitado en nuestros alegatos”. En relación el juicio, Escobar Cello valoró que “para poder acreditar la atribución delictiva presentamos pruebas contundentes: testimonios de la víctima y de personas del entorno de la pareja, así como informes de profesionales, mensajes que la víctima y el agresor intercambiaron a través de redes sociales”. Por otro lado, Broggi puntualizó que “más allá de que pedimos la prisión preventiva, hasta que el fallo adquiera firmeza Iglesias seguirá cumpliendo las medidas no privativas de la libertad con las que transitó la etapa previa al juicio”, y destacó que “entre otras normas de conducta, tiene prohibido salir del país”. Abuso sexual Escobar Cello sostuvo que “el sábado 17 de diciembre de 2022 a la mañana, el condenado atentó contra la integridad sexual de una mujer que por entonces era su pareja”, y aclaró que “la noche previa, ambos habían mantenido una discusión”. Según afirmó, “el abuso fue en un domicilio en el que convivían, ubicado en el barrio Villa California de Rincón”. “Iglesias obligó a la víctima a realizar prácticas sexuales sin consentimiento”, aseguró la funcionaria del MPA. “Aunque ella intentó oponer resistencia, él se valió de su mayor fuerza física para agredirla”, sostuvo. En cuanto al contexto de lo sucedido, la fiscal señaló que “el abuso se enmarcó en una relación de pareja que era sumamente abusiva, desigual y violenta”, y detalló que “Iglesias ejercía violencia de género sexual, simbólica y psicológica en contra de la víctima”. Al respecto, resaltó que “en el juicio se produjeron numerosas pruebas de las actitudes de control permanente que solía tener el condenado”. Por su parte, Broggi mencionó que “antes del ilícito, Iglesias se había sometido a una suspensión de juicio a prueba en el marco de otro legajo en el cual se le ordenó hacer un curso de violencia en el patriarcado, por lo que tenía capacitación específica en la materia”. Calificación penal Iglesias fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal.

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