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  • Municipalidad de Córdoba responde por caída de asistente a un festival gastronómico

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 23/07/2025 07:24

    La Cámara 8ª Civil y Comercial confirmó la sentencia que condenó a la Municipalidad de Córdoba a indemnizar a una mujer que se cayó por un tocón no señalizado durante el Festival Mundial del Humor y el Choripán Cordobés 2023, al entender que quedó acreditada su responsabilidad objetiva en los términos de los artículos 1757 y 1758 del Código Civil y Comercial. A su vez, rechazó el agravio de la actora en relación con el monto otorgado por daño moral, al considerar razonable la suma fijada en la instancia de grado. El tribunal, integrado por los jueces María Rosa Molina de Caminal, Gabriela Eslava y Héctor Hugo Liendo, analizó la apelación interpuesta por la Municipalidad contra la sentencia que admitió la acción de daños y perjuicios interpuesta por la Sra. B. Según surge de las declaraciones testimoniales, la actora asistía al evento junto a su hija cuando decidió dirigirse a comprar un choripán. En ese trayecto, tropezó con un tocón de árbol sin señalizar que se encontraba a ras del suelo en una senda peatonal, lo que provocó su caída. El testimonio de la Sra. F. indicó que “la Sra. B. se cayó por un tronco que no pudo ver”, y el del Sr. A. sostuvo que “cuando la señora se tropezó y se cayó, estaba en el piso y nos pusimos a auxiliarla”. Además de las declaraciones, la cámara valoró la prueba informativa aportada por la empresa ECCO, que prestó asistencia médica a la actora el 17 de marzo de 2023 durante el desarrollo del festival. El informe confirmó que se brindaron los primeros auxilios por un traumatismo en pie y tobillo derecho, lo que, para el tribunal, coadyuva a la credibilidad del relato brindado por la actora sobre el modo en que ocurrió el siniestro. A partir de estas pruebas, la Cámara concluyó que la Municipalidad debía responder objetivamente como guardiana del arbolado urbano, en particular de los tocones que se encuentran en la vía pública. Tales elementos fueron considerados riesgosos conforme a la normativa vigente, lo que habilita a responsabilizar al municipio por la falta de mantenimiento o señalización adecuada. Así, entendió que “la decisión de la Magistrada de Grado de considerar responsable objetivamente a la Municipalidad de Córdoba (…) resulta ajustada a derecho y debe ser confirmada”.

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