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  • Uso ilegal de la marca “Quini 6”: la Justicia ordenó a Facebook eliminar publicaciones que promocionan apuestas clandestinas

    » Santo Tome al dia

    Fecha: 21/07/2025 18:25

    El Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe, ordenando a la empresa Meta Platforms Inc. (Facebook e Instagram) la eliminación inmediata de publicaciones que promocionaban apuestas clandestinas usando de manera indebida la marca “Quini 6”. La resolución fue firmada por el juez Aldo Alurralde y representa un paso significativo en la lucha contra el juego ilegal y en la defensa de la identidad institucional de una de las marcas más reconocidas de la Lotería santafesina. Además de eliminar los contenidos, el fallo obliga a Meta a implementar un monitoreo constante para prevenir nuevas publicaciones similares, y a bloquear los medios de pago utilizados por quienes promovieron estos anuncios ilegales. Desde Lotería de Santa Fe explicaron que la acción se impulsó luego de reiteradas denuncias de usuarios, que advirtieron la utilización del nombre “Quini 6” en publicaciones que redirigían a plataformas no autorizadas, lo que afectaba tanto la imagen del juego como la confianza del público apostador. El juez Alurralde fundó la decisión en el marco de una acción preventiva de daños, reconociendo el peligro en la demora y la verosimilitud del derecho invocado por la Provincia de Santa Fe, que demostró ser titular de la marca “Quini 6” registrada ante el INPI (Instituto Nacional de la Propiedad Industrial). En el fallo también se destaca el riesgo reputacional de asociar la marca con actividades ilícitas, y se respalda el rol del Estado provincial en la protección del juego oficial. La medida judicial se dictó en el expediente “Provincia de Santa Fe c/ Facebook Inc. y otros s/ Marcas – Varios” y se suma a una denuncia penal presentada por Lotería de Santa Fe ante el Ministerio Público de la Acusación (MPA) contra las páginas involucradas, por una posible violación del artículo 301 bis del Código Penal, que sanciona la promoción del juego clandestino.

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