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» tn24
Fecha: 21/07/2025 17:44
El Ministerio de Salud oficializó la implementación total de la receta electrónica en el ámbito ambulatorio. Establecieron plazos para hospitales, obras sociales y prestadores públicos. A partir de una nueva resolución publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional extendió el uso obligatorio de la receta electrónica para incluir no solo medicamentos, sino también órdenes de estudios, insumos y prácticas médicas en el ámbito ambulatorio. La medida, reglamentada por el Ministerio de Salud, establece distintos plazos para su implementación, especialmente en sectores que aún no están completamente adaptados, como hospitales públicos y obras sociales. Los profesionales deberán tramitar una Clave Única de Identificación de Recetas (CUIR), mientras que los pacientes serán identificados por su CUIL para garantizar trazabilidad y control. Entre los puntos más importantes, se definió un plazo de 45 días para que prestadores públicos se registren en el sistema oficial. Además, se otorgaron 90 y 120 días para adaptar la prescripción digital de medicamentos con receta archivada o de expendio restringido, como psicotrópicos o antibióticos. El nuevo marco normativo exige que todas las plataformas digitales estén inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (Renapdis). Las recetas archivadas deberán mantenerse resguardadas durante al menos tres años para su fiscalización. En zonas con problemas de conectividad o alejadas de centros urbanos, seguirá vigente la receta en papel. La resolución busca poner fin a años de idas y vueltas en la implementación total de esta herramienta, que ya rige desde enero para medicamentos comunes.
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