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Colon » El Entre Rios
Fecha: 16/07/2025 06:30
Atención Esta imágen puede herir su sensibilidad Ver foto Compartir imágen Acto “constitutivo” vs. acto “declarativo” Un cambio de criterio normativo de ATER que está vigente desde el año 2021 y que la actual gestión continúa aplicando al pie de la letra ha generado malestar en pequeñas industrias entrerrianas.Durante décadas, la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) respetó el carácter declarativo de la inscripción industrial, valorando la permanencia objetiva de la empresa como elemento suficiente para que sigan gozando de determinados beneficios fiscales. Pero allá por enero de 2021, cuando ATER emitió la Resolución 004 de aquel año, ATER giró hacia lo que un profesional consultado porevaluó como “una posición formalista y constitutiva”, que no sólo implicó un cambio abrupto sino también generó una “carga retroactiva de consecuencias devastadoras” para muchas empresas.Lo concreto es que por obra y gracia de aquella resolución, ATER exige el pago retroactivo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los últimos cinco (5) años a pequeñas industrias del interior que han operado en todo momento con plena visibilidad, con inscripción industrial vigente y con cumplimiento fiscal constante, pero que incumplieron con la inscripción anual en el padrón de industrias provincial. Lo que se les reclama a esas PYMES industriales –muchas de ellas pequeños talleres- “representa un impacto patrimonial gravísimo”, explicaron desde un estudio contable que tiene entre sus clientes a varios afectados. “Esta situación no solo pone en riesgo la continuidad de la actividad y el mantenimiento de puestos de trabajo, sino que también constituye un mensaje institucional desalentador para el desarrollo de la producción local, contrariando los principios de seguridad jurídica, previsibilidad y buena fe administrativa que deben regir el accionar estatal”, aseveró.Reclamarle 5 años retroactivos de Ingresos Brutos a pequeñas industrias -en su mayoría talleres integrados por familiares, algunos dedicados a la rectificación de motores o al recupero de piezas usadas, o también aserraderos pequeños-, por haber olvidado tramitar ante la Dirección de Industria Provincial la renovación del certificado luce como una penalidad exagerada y para muchos de esos talleres incumplible. “ATER te pide el papelito cada año aunque sigas haciendo lo mismo de siempre, te anula la exención y te reclama Ingresos Brutos por los últimos 5 años”, resumió.En el sistema tributario argentino, la distinción entre actos constitutivos y declarativos es crucial, especialmente en relación con las exenciones fiscales.Un acto constitutivo crea u otorga un derecho: sin él, no existe el beneficio (ej.: habilitación urbana, licencia). Un acto declarativo, en cambio, constata o reconoce un derecho que ya existe por ley o por hechos fácticos. No lo origina, solo lo certifica.En materia fiscal, cuando la norma otorga una exención condicionada al hecho imponible -como ser, a una empresa manufacturera-, el acto administrativo que reconoce dicha exención es declarativo, ya que el derecho existe por ley. En base a esta premisa, ATER no debería dejar sin efecto esa exención alegando falta de formalidades administrativas, pues no puede atribuirse la facultad de derogar una norma legal a través de actos administrativos.“La postura constitutiva, como la que aplica ATER al pretender invalidar una exención por omisiones formales –la inscripción anual como industria-, no encuentra amparo en la mayoría de las normas nacionales y provinciales ni en la jurisprudencia ni doctrina”, insistió el profesional consultado.
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