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Parana » Noticia Uno
Fecha: 14/07/2025 17:01
El Gobierno nacional confirmó la actualización de las escalas del Monotributo, con un nuevo tope de facturación que pasará de $82 millones a $95 millones anuales. La medida se da en el marco de la revisión semestral por inflación y afectará a miles de pequeños contribuyentes, que deberán revisar su situación y, en caso de corresponder, recategorizarse antes del 5 de agosto. El anuncio fue realizado por el subsecretario de Prensa de la Presidencia, Javier Lanari, quien precisó que el nuevo tope equivale a 74.500 dólares por año, en contraposición con los apenas 6.300 dólares que regían como máximo en diciembre de 2023. “Esto representa un incremento de 12 veces en moneda constante”, señaló. Con estos cambios, la categoría A, la más baja del régimen, sube su tope de facturación anual de $7.813.063 a $9.000.000. En tanto, la categoría más alta, la K, eleva su tope de $82.370.281 a $95.000.000. Junto con los montos de facturación también se incrementan los valores de las cuotas mensuales, en torno al 15,3% al 15,6%. Por ejemplo: · La cuota de la categoría A, que era de $32.221, pasará a poco más de $37.000. · La categoría B, de $36.679, pasará a más de $42.000. · Este ajuste rige desde agosto de 2025 hasta enero de 2026. Además, se actualizaron los límites de alquileres devengados, montos del impuesto integrado y los aportes previsionales incluidos en la cuota. Ganancias, deducciones y fechas clave para la recategorización También se actualizaron las escalas y deducciones del Impuesto a las Ganancias, con un nuevo mínimo no imponible de $2,6 millones mensuales para solteros sin hijos, y de casi $3,5 millones para casados con dos hijos. Se incrementaron los montos deducibles por alquiler de vivienda, servicio doméstico y educación de los hijos, que deben informarse en el formulario F572 Web del sistema Siradig Trabajador. Respecto al Monotributo, la recategorización estará habilitada en los próximos días. Según informó la Administración Federal, los contribuyentes deberán analizar su actividad de los últimos 12 meses y, si superaron los parámetros de su categoría actual, ingresar con clave fiscal antes del 5 de agosto para actualizar su encuadre. Quienes no cumplan con el trámite serán recategorizados de oficio por ARCA, si se detectan gastos, movimientos bancarios o compras que superen los topes de su categoría actual. No deberán hacer ningún cambio quienes mantengan su nivel de actividad o tengan menos de 6 meses inscriptos.
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