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  • Casas particulares: cómo adherir al débito automático aportes y seguridad social

    » Radio Sudamericana

    Fecha: 14/07/2025 14:42

    Lunes 14 de Julio de 2025 - Actualizada a las: 08:16hs. del 14-07-2025 COMUNICADO DE ARCA El beneficio permitirá que el empleador pueda realizar el pago de la obligación, con una única gestión de adhesión, al tiempo que facilita el pago oportuno para la cobertura de los trabajadores a lo largo de la relación laboral. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilita el débito automático para el pago de aportes y contribuciones a la seguridad social de empleadores de Casas Particulares. El beneficio permitirá que el empleador no gestione el pago mes a mes, sino que con una única gestión de adhesión, el pago se debite en forma automática. La medida se estableció mediante la Resolución General N° 5723/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial pero está operativa desde mañana. La decisión alcanzará aproximadamente a 450.000 empleadores que registran sus pagos mensualmente ante el organismo. De esta manera, los contribuyentes contarán con más posibilidades para cumplir con las obligaciones previsionales de sus trabajadores de forma ágil. La opción estará disponible para el pago mensual de las contribuciones y aportes patronales, cuota correspondiente a la Obra Social y a la Aseguradora del Riesgo del Trabajo (ART). Actualmente, los pagos se realizan de forma presencial mediante el formulario 102/RT o por vía electrónica a través de billeteras virtuales -pago de obligaciones con importes prestablecidos-, QR, Homebanking y tarjeta de crédito -previa generación del Volante Electrónico de Pago (VEP)-. Cualquiera de estas modalidades implica que el contribuyente deba ingresar cada mes para saldar las sumas previsionales de los trabajadores de Casas Particulares. Ahora se suma esta opción que mediante una única acción asegura el cumplimiento puntual y constante de las obligaciones laborales durante toda la relación laboral. Este método evita omisiones y reduce retrasos involuntarios en los pagos a la seguridad social. Esta nueva funcionalidad forma parte del objetivo de ARCA de impulsar la formalización del empleo y reducir la incidencia del trabajo no registrado en la economía. Por otra parte, y en aquellos casos en que ARCA detecte por información propia o de terceros, datos desactualizados en el Registro, podrá modificarlo de oficio identificando los mismos con una marca en el mencionado Registro. ¿Cómo podrá realizarse la adhesión? Para adherir el pago de los aportes y contribuciones al débito directo en cuenta bancaria, se deberán seguir los siguientes pasos: 1. Acceder al portal de ARCA www.arca.gob.ar con CUIL/CUIT y Clave Fiscal. 2. Ingresar al Registro Especial del Personal de Casas Particulares. 3. Verificar dentro del menú de “Trabajadores” la pantalla de “Trabajadores a cargo”. 4. Hacer click en el botón “Adherir al débito automático”. 5. Seleccionar CBU: El sistema mostrará las Claves Bancarias Uniformes (CBU) previamente cargadas. Seleccionar la deseada, la que deberá ser de titularidad del empleador. 6. Agregar Nueva CBU (Opcional): Si se requiere agregar una nueva CBU, el sistema lo redireccionará al servicio “Declaración de CBU”. En tanto que, para realizar la adhesión por tarjeta de crédito, el trámite deberá ser realizado a través de la administradora. El contribuyente verá reflejada la operación en el siguiente resumen. Dentro del Registro Especial del Personal de Casas Particulares, el contribuyente podrá visualizar si efectivamente se concretó el pago, como también si hubo algún tipo rechazo en el intento de débito, como por falta de fondos, cierre de la cuenta, etc. Previo a acceder al nuevo mecanismo de débito automático, el empleador deberá asegurarse de tener la información actualizada en el registro, tales como la condición del empleado, la cantidad de horas semanales de la relación laboral y la CBU de donde se realizará el débito. ¿A partir de qué período comienza a debitarse? Para las adhesiones realizadas hasta último día de cada mes: se debitará la obligación con vencimiento el día 10 del mes siguiente. Por ejemplo, si la adhesión al débito automático se realiza el día 15/7/2025 el primer débito corresponderá al período devengado julio con vencimiento el 11/08/2025.

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