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Concordia » Hora Digital
Fecha: 13/07/2025 20:04
La Cámara Nacional Electoral ratificó la resolución del juez Leandro Ríos sobre la caducidad del Partido Conservador Popular de Entre Ríos. La Cámara Nacional Electoral confirmó la resolución del juez federal de Paraná, Leandro Ríos, que decretó la caducidad del Partido Conservador Popular de Entre Ríos, al que pertenece la diputada provincial libertaria Liliana Salinas. La decisión inicial del juez Ríos, basada en el artículo 50 de la Ley Nº 23.298 Orgánica de los Partidos Políticos, fue apelada por la apoderada del partido, María Pía Lombardo, pero el fallo fue ratificado por el tribunal superior. El juez Ríos fundamentó su resolución en dos incumplimientos específicos de la ley: el inciso a), que señala como causal de caducidad “la no realización de elecciones partidarias internas durante el término de cuatro años”, y el inciso e), que establece como motivo “no mantener la afiliación mínima prevista”. Según el informe del Juzgado Federal de Paraná, citado por la Cámara Electoral, el partido no alcanzó el mínimo de afiliaciones requerido en el distrito, incurriendo en esta causal de caducidad. La diputada se distanció de Milei por su alianza con Juntos por el Cambio La Cámara argumentó que la Ley de Partidos Políticos exige “ciertos requisitos cuantitativos como condición para otorgar el reconocimiento de la personalidad jurídico política –y su mantenimiento–” con el objetivo de “asegurar que estos cuenten con representatividad en el ámbito geográfico en el que están habilitados a participar postulando candidatos a cargos públicos electivos nacionales”. Además, destacó que el plazo para realizar elecciones internas estaba vencido al momento de la sentencia inicial, y que las manifestaciones del partido no lograron desvirtuar las observaciones del juez de grado. El tribunal también señaló que, aunque el partido estaba intervenido, esto no exime del cumplimiento de las obligaciones legales. En este sentido, afirmó que “era deber de la intervención adoptar los recaudos pertinentes para el cumplimiento de la obligación legal y de lo dispuesto al respecto en su propia carta orgánica”. Finalmente, la Cámara concluyó que “lo hasta aquí expuesto basta para confirmar la caducidad del partido de autos”. Esta resolución implica la pérdida de la personalidad jurídico-política del Partido Conservador Popular en Entre Ríos, limitando su capacidad de participar en procesos electorales en el distrito.
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