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» Diario Cordoba
Fecha: 09/07/2025 00:06
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Córdoba ha dictado sentencia con fecha 18 de junio de 2025 en el procedimiento interpuesto por E.G.H. en el que se pedía al Ayuntamiento de Córdoba la retirada de una infracción en materia de tráfico por estacionar en un paso de peatones y se solicitaba la devolución del importe de la grúa. Los hechos se produjeron en diciembre del 2023 y la demandante, que sostuvo en todo momento que no había ningún paso de peatones donde aparcó aquel día, en concreto, en la calle Fernando IV de la capital cordobesa, fue sancionada con una multa de 200 euros por estacionar su vehículo de manera incorrecta y 140 euros más para la anulación de la tasa por recogida, transporte, custodia, depósito, devolución e inmovilización de vehículos. Ahora, el juez ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por esta cordobesa y declara, además, el derecho de la recurrente a la devolución, por parte del Ayuntamiento de Córdoba, del importe abonado 140 euros de tasa, con expresa imposición a la parte demandada de las costas del procedimiento. "La infracción no se cometió, porque no existía paso de peatones", aclara taxativo el juez en su sentencia. Entonces, ¿qué pudo pasar para que los agentes multasen a la demandante? ¿Había o no había paso de peatones? En la sentencia, el juez recoge cómo la demandate "se quejó, amargamente, desde un principio, de la actuación municipal, exponiendo por escrito, con insistencia, que no había paso peatonal en el lugar y momento de los hechos denunciados y sancionados". El Ayuntamiento, por el contrario, tramitó un procedimiento con 156 páginas en el que denegaba la alegación básica de la denunciante, asegurando la existencia del paso de cebra. Noticias relacionadas El Ayuntamiento de Córdoba tendrá que indemnizar a una mujer que se cayó en la acera junto al gimnasio Aira Sport Ante opiniones tan diametralmente opuestas, el juez decidió encargar una prueba de oficio para despejar la duda. En este sentido se dirigió al Departamento de Movilidad del Ayuntamiento, responsable en materia de señales de tráfico, que aclaró que en esa zona las señales pudieron sufrir modificaciones por unas obras de mejora de la accesibilidad que se hicieron en el barrio de Sagunto siendo "el paso de peatones al que se refiere la denuncia en la calle Fernando IV objeto de obras de mejora de accesibilidad y movilidad peatonal". Así, entre las actuaciones realizadas "se eliminó el paso de peatones ubicado utilizando una pintura de color negro (que puede haberse borrado con el paso del tiempo) para ocultar la pintura blanca correspondiente al cebreado y se eliminaron las señales verticales correspondientes”, apuntó el informe despejando cualquier duda al juzgador. "Poco más hay que decir, en vista del transcrito informe, a los fines de este litigio", concluye diciendo en el fallo.
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