Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • La Arca instrumenta un procedimiento especial para la devolución del impuesto PAIS a importadores

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 07/07/2025 22:33

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), por medio de la resolución general 5720/25, ha implementado un procedimiento especial de devolución de los pagos a cuenta del impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) que no fueron utilizados. Esta medida surge tras identificar casos en los que, debido a diversas modificaciones normativas entre 2023 y 2024, importadores realizaron pagos anticipados del Impuesto PAIS pero no pudieron computarlos, generando saldos a su favor. Es importante recordar que el Impuesto PAIS estuvo vigente desde el 23 de diciembre de 2019 hasta el 22 de diciembre de 2024. ¿Quiénes pueden acceder y cómo? El nuevo procedimiento está destinado a aquellos importadores con saldos a favor generados por operaciones encuadradas en los Decretos Nros. 433/23, 14/24 y 777/24. Para solicitar la devolución, los interesados deberán inscribirse en el recién creado “Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria – PAIS”. Esto se realizará a través del sitio web de ARCA (www.arca.gob.ar) utilizando su Clave Fiscal. El plazo para presentar la Declaración Jurada de Devolución (DJIP) y, de esta forma, inscribirse en el Registro, se extiende desde el 8 de julio hasta el 22 de agosto de 2025. ¿Cómo se concretará la devolución? Una vez presentada la declaración jurada y superados los controles de la ARCA, se generará automáticamente un crédito en el Sistema Informático MALVINA (SIM). Este crédito solo podrá ser utilizado para cancelar derechos de importación. El monto a devolver se distribuirá en cuotas mensuales, iguales y consecutivas, que incluirán los intereses correspondientes. El esquema de cuotas varía según el monto del saldo a favor: Hasta $4 millones: 1 cuota. Más de $4 millones hasta $10 millones: 6 cuotas. Más de $10 millones hasta $100 millones: 12 cuotas. Más de $100 millones: 24 cuotas. La primera cuota estará disponible el 8 de septiembre de 2025, y las siguientes se acreditarán dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes. Puntos claves Este procedimiento es optativo. Al optar por él, el importador renuncia a iniciar cualquier otra vía administrativa o judicial con el mismo fin. Si ya se inició un trámite de devolución o una acción de repetición por estos pagos a cuenta, será necesario desistir de dichos procesos para acceder a este nuevo régimen. En una etapa posterior, ARCA planea reabrir el Registro para incluir saldos a favor originados en otros contextos no contemplados en esta primera instancia. Esta medida representa un alivio para los importadores afectados y busca agilizar la regularización de estos saldos a favor, señala la norma.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por