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Concordia » Entre Rios Ahora
Fecha: 06/07/2025 00:05
Por Alfredo Pérez Galimberti, Andrés Harfuch, Aldana Romano y Sidonie Porterie (*) El intento de volver a excluir a la ciudadanía entrerriana de la administración de justicia, mediante el proyecto de ley que busca reducir el juicio por jurados, encuentra cada día nuevas excusas. Mientras el Ministerio Público Fiscal apenas logra resolver, según sus propios números, el 6% de los casi 70.000 casos que recibe al año, se pretende culpar al juicio por jurados —que interviene en apenas el 0,1%— por los problemas de impunidad. El argumento no sólo contradice los datos, sino que parte desde un razonamiento que parece olvidar el principio básico de nuestro Estado de Derecho: la vigencia suprema de la Constitución. Cecilia Goyeneche publicó recientemente un artículo de opinión sobre el polémico proyecto impulsado por el Procurador General y parte del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos que esta semana obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados provincial. En esa nota, Goyeneche parte de un axioma equivocado, sesgado y contrario a la letra constitucional, e intenta rebatir los datos que demuestran que reducir el juicio por jurados, además de ser inconstitucional, es completamente innecesario. El punto de partida que la columna omite mencionar no es menor: la Constitución Nacional. En un Estado de Derecho, la Carta Magna debe ser respetada incluso por quienes no están de acuerdo con sus disposiciones. Ella establece de manera tajante que “todos los juicios criminales ordinarios se terminarán por jurados” (artículo 118). Una vez que el legislador provincial activó esa cláusula a través de la ley de juicio por jurados, su competencia ya no puede ser restringida: solo puede ampliarse. El juez natural para los delitos más graves, según la Constitución, es el jurado popular. Los sistemas de jurados populares y de jueces profesionales no son intercambiables según los vientos políticos de turno. El constituyente fue claro al prever que tanto el poder político como el judicial se verían incomodados por la incontrolable independencia del jurado. Por eso, la Constitución impide retroceder: así como no se pueden crear comisiones especiales ni anular la defensa en juicio, tampoco puede reducirse la competencia del jurado una vez “establecido”, como prevé expresamente la cláusula suspensiva constitucional. Quien no esté de acuerdo con este mandato constitucional, tiene una sola vía: promover una reforma de la Constitución Nacional. Ni el Congreso Nacional, ni las Legislaturas provinciales, pueden legislar en contra del texto constitucional. Si así lo hicieran, muchas instituciones, incluido el Inecip, al igual que los litigantes en sus casos, plantearán la inconstitucionalidad de esa ley y llevarán (y llevaremos) el caso hasta la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación para que reafirme la vigencia del texto constitucional, como ya lo hizo en el fallo “Canales”. ¿La provincia con más juicios por jurados? La columna de Goyeneche se sustenta en datos falsos. Afirma que “Entre Ríos lidera el ranking de juicios por jurados por cada 100.000 habitantes”. Goyeneche citó los datos del año 2023 y omitió los más recientes de 2024, disponibles en la misma fuente (Jufejus). No se trata solo de una mera omisión: esta selección sesgada refleja un problema más profundo. Como se observa, quien lidera (por lejos) el ranking es Chubut. Entre Ríos, segunda del listado, se ubica cerca del promedio nacional, junto a un grupo de provincias con un nivel similar, cercano a un juicio anual cada 100.000 habitantes. Pero lo más grave es lo que la propia omisión revela: el caso de Chubut, que se excluye del análisis, es justamente el que más lecciones podría ofrecer. Chubut sancionó su ley de juicio por jurados en 2023 y, a pesar de una profunda crisis económica reciente, logró realizar 17 juicios por jurados en su primer año. En 2024, duplicó esa cifra: realizó 39 juicios. Más juicios que Entre Ríos, pese a ser una provincia con casi tres veces menos habitantes. Pero en lugar de explorar mejoras organizacionales o de gestión para realizar cada vez más juicios por jurados, como hizo Chubut, Entre Ríos opta por reducir derechos. Entre Ríos pasó de 39 juicios en 2023 a 34 en 2024, pese a su mayor población y la enorme cantidad de causas pendientes. ¿Por qué se hicieron menos juicios si había más casos pendientes? El supuesto “desincentivo” a la realización de juicios abreviados que plantea la autora de la nota no deriva del sistema de jurados, sino de una desidia de la organización y de inexplicables decisiones del propio Ministerio Público Fiscal que, en lugar de lubricar el sistema, lo empasta. ¿Se pueden hacer más juicios por jurados? Hasta ahora, no se ha ofrecido ni una sola explicación concreta sobre los supuestos obstáculos. Hay salas disponibles. Hay jueces: según datos públicos del Poder Judicial de Entre Ríos, para el período 2023 los jueces de juicio pasaron menos de 6 horas en audiencia por mes (menos de dos horas a la semana). Hay presupuesto: el costo de los jurados representa apenas el 0,3% del presupuesto total del Poder Judicial. Lo que parece faltar es voluntad. Esa falta de voluntad se hace evidente al observar las opiniones vertidas en medios por miembros del Poder Judicial y, en particular, las instrucciones generales emitidas por el Procurador General, que desde la sanción de la ley ha intentado restringir su vigencia. Es evidente que el impulso a este nuevo intento de reforma no responde al interés de las víctimas —que han manifestado públicamente su respaldo al jurado y su oposición al proyecto— ni a una supuesta preocupación por la impunidad, tantas veces garantizada por jueces profesionales en causas políticamente sensibles. ¿Qué está en juego? Advertimos una cruzada institucional contra la vigencia del juicio por jurados, promovida desde sectores que no se resignan a cumplir con la Constitución Nacional y reniegan de la participación ciudadana. Como bien expresó Carla Cusimano, presidenta de la Asociación de Familiares de Víctimas de Delitos Aberrantes de Entre Ríos: quienes impulsan este proyecto “quieren cercenar un derecho y devolverle gran parte de la potestad a la elite judicial que está en contra del juicio por jurados”. Volver a otorgar el poder de juzgar a esa élite no es una solución a los problemas del sistema; es renunciar a aquello que los padres fundadores de la República y los legisladores entrerrianos buscaron resolver al darle al pueblo el poder de juzgar: terminar con la opacidad y la concentración del poder de juzgar. (*)Alfredo Pérez Galimberti es vicepresidente del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales (Inecip); Andrés Harfuch, es director del Programa de Juicio por Jurados del Inecip; Aldana Romano y Sidonie Porterie (co-directoras del Programa de Organización y Gestión Judicial del Inecip.
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