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Gualeguaychu » El Argentino
Fecha: 03/07/2025 21:44
La iniciativa fue impulsada por la legisladora gualeguaychuense; busca fortalecer las sanciones sociales a quienes incumplen con el deber alimentario. El proyecto contempla la modificación de la Ley N.º 9424, que creó en su momento el Registro de Deudores Alimentarios de Entre Ríos. Jueves, 3 de Julio de 2025, 20:04 Redacción EL ARGENTINO Un nuevo proyecto de ley presentado en la Legislatura entrerriana por la diputada del Partido Justicialista, Lorena Arrozogaray, propone incorporar duras restricciones para quienes figuren en el Registro de Deudores Alimentarios de la provincia. La iniciativa apunta a impedir el ingreso de personas con deudas alimentarias a eventos culturales y deportivos pagos, así como también a casinos y salas de juego. El proyecto contempla la modificación de la Ley N.º 9424, que creó en su momento el Registro de Deudores Alimentarios de Entre Ríos, incorporando los artículos 12 bis y 12 ter, que refuerzan las medidas contra quienes incumplen con sus obligaciones parentales. Se prevé la incorporación del artículo 12 bis. Allí se establece que los organizadores de espectáculos culturales y deportivos deberán denegar el acceso a quienes estén inscriptos en el registro provincial de deudores. Para ello, los Municipios adheridos a la normativa deberán comunicar esta exigencia a los responsables de los eventos, quienes estarán obligados a consultar el listado vigente antes de autorizar el ingreso. En la misma línea, el artículo ordena a casinos y salas de juego del territorio entrerriano prohibir la entrada a quienes figuren como deudores alimentarios. En este caso, el I.A.F.A.S. (Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social) —o el organismo que en el futuro lo reemplace— será el encargado de coordinar la implementación de la medida junto con las autoridades del registro. Perspectiva de género y responsabilidad social La diputada Arrozogaray expresó que el proyecto “responde a una demanda social creciente, en especial de madres que enfrentan en soledad la crianza de sus hijos e hijas mientras los progenitores incumplen sus obligaciones básicas”. Y agregó: “Es necesario aplicar sanciones sociales que visibilicen la falta de responsabilidad parental y actúen como mecanismo de presión para que los deudores regularicen su situación”. En caso de ser aprobada, la ley deberá ser reglamentada por el Poder Ejecutivo en un plazo de 90 días, notificando a los Municipios que se hayan adherido al régimen. La medida busca, además, que el Estado no sea cómplice indirecto del incumplimiento, limitando la participación de los deudores alimentarios en espacios de recreación que requieren gastos. Algunas apreciaciones Desde 2002, la provincia de Entre Ríos cuenta con el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, creado por la Ley N.º 9424 y dependiente de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, bajo la órbita del Ministerio de Seguridad y Justicia. Este Registro, reglamentado por el Decreto N.º 4967/2003, reúne a todas aquellas personas que adeuden tres cuotas consecutivas o cinco alternadas en un año, correspondientes a obligaciones alimentarias fijadas judicialmente, ya sean provisorias o definitivas. El Registro actualiza mensualmente un listado público de deudores y expide certificados sin costo a personas físicas o jurídicas que acrediten interés, de acuerdo con los alcances de la ley. La normativa vigente ya impone restricciones a quienes figuren en el registro, tales como la inhabilitación para ser proveedores del Estado, concesionarios o funcionarios públicos. Sin embargo, en muchos casos, los jueces también establecen medidas adicionales en sus fallos para casos concretos, como la prohibición de ingreso a actividades recreativas, con el objetivo de generar presión social y fomentar el cumplimiento. Proyecto para ampliar sanciones sociales En este contexto, la diputada Lorena Arrozogaray presentó un proyecto de ley que propone incorporar dos nuevos artículos a la Ley 9424. El objetivo es establecer de manera general, y no solo a criterio judicial, nuevas prohibiciones para los deudores alimentarios persistentes: Prohibición de ingreso a eventos culturales y deportivos pagos realizados en el territorio provincial. Prohibición de ingreso a salas de juego y casinos. Estas medidas no buscan ser una solución directa para garantizar el pago de las cuotas alimentarias, sino que pretenden reforzar la responsabilidad parental mediante sanciones sociales que impidan a los deudores destinar recursos a actividades de ocio mientras incumplen con sus obligaciones hacia sus hijos e hijas. La implementación dependerá de una adecuada articulación entre el Registro y los Municipios adheridos a la Ley 9424. Por ejemplo, si se habilita un espectáculo cultural o deportivo, el Municipio deberá informar a los organizadores sobre la obligación de consultar el registro y restringir el ingreso a quienes estén inscriptos como deudores. Los aspectos técnicos y operativos se discutirán en la Comisión de Legislación General, junto a los organismos competentes. La diputada autora del proyecto aclaró que la propuesta busca unificar criterios en toda la provincia, evitando que quede a discreción del Poder Judicial.
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