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  • El Registro General de la Provincia declaró día inhábil

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 30/06/2025 18:25

    La medida rige para el pasado 25 de junio. En consecuencia se suspenden por esa jornada los plazos registrales, sin perjuicio de la validez de los actos que se hubieren realizado Dirección General del Registro General de la Provincia Resolución General N° 6 Córdoba, 25 de Junio de 2025. Y VISTO: Los inconvenientes acontecidos el día de la fecha que afectaron los servicios brindados por la Repartición. Y CONSIDERANDO: 1°) Que este Registro General no funcionó normal y continuamente durante el día de la fecha a raíz de inconvenientes en la operatividad de la mesa de entradas de la repartición, siendo menester no trasladar sus efectos a los usuarios del servicio registral, ni generar circunstancias que pudieran actuar en desmedro de la seguridad jurídica. 2°) Que la situación descripta puede ser considerada caso fortuito o de fuerza mayor – art. 1730 del C.C. y C. – y motivo suficiente para disponer la suspensión de plazos registrales, sin perjuicio de la validez de los actos que se hubieren realizado. 3°) Que el art. 42 de la L.N. 17801 establece su carácter complementario respecto del Código Civil y Comercial; así, los plazos fijados por la ley citada, salvo expresas excepciones, deben computarse conforme lo prescripto por el art. 6 del C.C. y C. 4°) Que esta Dirección se encuentra facultada para adoptar disposiciones de carácter general conducentes al mejor funcionamiento del Registro e interpretar las leyes y reglamentos atinentes a su actividad (art. 61, L.P. 5771). POR TODO ELLO, y lo dispuesto en las normas legales citadas y conforme funciones otorgadas en Resolución N° 32/2022, LA DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE: Artículo Primero: DECLARAR INHÁBIL el día veinticinco de junio de dos mil veinticinco, y – en consecuencia – SUSPENDER por tal jornada los plazos establecidos en la L.N. 17801 y L.P. 5771, sin perjuicio de la validez de los actos que se hubieren cumplimentado en la misma. Artículo Segundo: Protocolícese, comuníquese al Boletín Oficial de la Provincia, dése copia y archívese. FDO.: ALEJANDRO GARCÍA SAGUES- DIRECTOR GENERAL- REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA. N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 121 del 26 de junio de 2025.

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