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» Misioneslider
Fecha: 30/06/2025 13:35
Fallo Judicial a Favor de la CGT El Juzgado Nacional del Trabajo N° 3, a cargo de la jueza Moira Fullana, decidió dar lugar al amparo presentado por la CGT contra la medida del presidente Javier Milei que limitaba el derecho a huelga. De esta manera, la Justicia declaró como inválidos los artículos 2 y 3 del DNU 340/25, que declaraban como servicio esencial la navegación y exigían la prestación de servicios mínimos en un 75% en el marco de conflictos colectivos como paros y otras medidas de fuerza. Argumentos de la Justicia El fallo de la Justicia responde a un recurso de amparo presentado por la CGT contra el Poder Ejecutivo Nacional, donde se afirma que el decreto presidencial «vulnera en forma ostensible y manifiesta» el artículo 99 de la Constitución Nacional, además de «violar la división de poderes» y establecer modificaciones «peyorativas» a los derechos de los trabajadores. Razones de la Jueza Fullana Por su parte, la jueza Fullana señaló en el fallo durante la fecha en que se publicó el DNU 340/25 «el Congreso de la Nación Argentina se encontraba en pleno funcionamiento» y no considera que existan «circunstancias excepcionales» que impidan avanzar con la decisión legislativa en el Congreso. Fundamentos Legales En el documento al cual tuvo acceso Clarín, la magistrada señala que el ejercicio de facultades legislativas por parte del Gobierno «se hace bajo condiciones de rigurosa excepcionalidad», que no estaban dadas al momento de firmar el decreto en cuestión. Violación a la Libertad Sindical La magistrada también consideró que la norma vulneró la libertad sindical. El DNU ampliaba la lista de servicios esenciales, limitando el derecho de huelga en sectores como la marina mercante. La CGT argumentó que esto violaba tratados internacionales y el artículo 14 bis de la Constitución, que garantiza la libertad sindical. Resolución del Caso A principios de junio, la letrada Fullana había suspendido «provisoriamente» los efectos de los artículos 2 y 3 del decreto 340/25. Sin embargo, en el fallo publicado este lunes, la jueza va más allá y declara la inconstitucionalidad de ambos artículos. Antecedentes de la Jueza Fullana La misma jueza había fallado la semana pasada en favor de un amparo presentado por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) contra el decreto presidencial que eliminaba la jornada no laborable por el Día del Empleado Público a nivel nacional, que se celebra todos los 27 de junio. Reacciones del Gobierno Desde el Gobierno tildaron de «incompetente» a la magistrada y la llamaron «jueza militante». «La mafia sindical consiguió que la casta judicial, en tiempo récord, le proteja nuevamente uno de sus privilegios», escribió el vocero presidencial, Manuel Adorni. Conclusión En conclusión, el fallo de la Justicia a favor de la CGT contra la limitación del derecho a huelga impuesta por el Gobierno, destaca la importancia de respetar los derechos laborales y la libertad sindical. La decisión de la jueza Fullana refuerza la necesidad de garantizar un equilibrio entre los intereses de los trabajadores y las medidas gubernamentales en el ámbito laboral.
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