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  • Caso Antonella: violencia de género y superioridad, los fundamentos presentados ante el STJ

    » Elterritorio

    Fecha: 27/06/2025 23:10

    "Todas las situaciones indican un trato de cosificación de la mujer por parte del imputado y que hacían ver que los hechos que se habían producido claramente tenían razón con verse superior como género masculino sobre el género femenino", expuso el fiscal Martín Rau. viernes 27 de junio de 2025 | 14:35hs. Vargas pasará 35 años tras las rejas, de quedar firme el nuevo fallo condenatorio. En las últimas horas, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) recalificó el asesinato de Antonella Bernhardt (27) -joven obereña ultimada en su departamento de El Brete, Posadas, en 2019- como femicidio, ampliando la condena del fotógrafo Daniel Vargas a prisión perpetua. Esto se dio luego de que, a partir de los recursos de casación presentados tanto por el fiscal Martín Rau como el querellante Mauricio Vergara, se cuestionó el veredicto dictado por el Tribunal Penal Uno, que dictaminó 20 años de prisión por homicidio simple, descartando el agravante de violencia de género en el crimen. En diálogo con el programa Acá te lo Contamos por Radioactiva 100.7, el fiscal Martín Rau se encargó de explicar de qué se trata este revés judicial para el condenado y dio detalles de los fundamentos presentados en su casación ante el STJ. "El Superior Tribunal de Justicia analizó la cuestión y entendió que efectivamente nos asistía la razón de que el hecho fue cometido mediando violencia de género", comenzó su diálogo Rau, quien añadió que "la conducta ya no era simplemente un homicidio simple, sino un homicidio agravado por femicidio". No obstante, el representante del Ministerio Público Fiscal del TP1, explicó que aún falta para que la nueva condena a Vargas quede firme, ya que ahora el imputado tiene derecho a acceder a una instancia de revisión que "seguramente la va a utilizar para ir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación", para que revisen el fallo. Sobre los elementos que se fundamentó en la casación presentada por el fiscal y el querellante Mauricio Vergara, el entrevistado manifestó que el planteamiento estuvo ligado "a la situación de superioridad del imputado sobre la víctima fundada en una cuestión laboral mediante la cual él ejercía su supremacía". Además, Rau detalló que a esta "superioridad" se sumaba a otras situaciones como haberle tomado fotografías de carácter íntimo, el trato que Vargas tenía para con Antonella, y además las circunstancias que habían referido los psicólogos. Sobre lo último, detalló que en función de la pericia psicológica que se le había hecho al homicida, surgía que Vargas trataba a la mujer como complemento del hombre. "Como, por ejemplo, cuando dijo que le había dado dos tapes como para que se tranquilice", explicó. "Todas las situaciones indican un trato de cosificación de la mujer por parte del imputado y que hacían ver que los hechos que se habían producido claramente tenían razón con verse superior como género masculino sobre el género femenino", concluyó el fiscal, advirtiendo que estaba correctamente acreditada la violencia de género. Para el TP1 no fue un femicidio Con este fallo, el máximo cuerpo judicial de la provincia descartó el veredicto del Tribunal Penal Uno de Posadas, que había sentenciado a Vargas a 20 años de cárcel por el delito de homicidio simple. En su momento, y en relación a la cuestionada condena, Viviana Cukla -presidenta del Tribunal- con la adhesión de sus pares Gustavo Bernie y Ángel Dejesús Cardozo, en sus fundamentos indicó que el agravante de femicidio no estaba debidamente probado y que "no podemos conformarnos con un bajo nivel de exigencia probatoria, corriendo el riesgo de imponer erróneamente una agravante de esta naturaleza". En relación al descontento del público general, expresó: "Es indiscutible que causó un repudio social. No obstante, la existencia de un contexto de violencia de género no puede construirse a partir de conjeturas". Siguiendo con su argumento, la jueza remarcó que no toda muerte violenta de una mujer ni toda violencia de género es femicidio. Señaló que los argumentos vertidos por las partes acusatorias para sustentar la acusación de femicidio "no tienen el peso probatorio para determinar con un alto grado de probabilidad, que la muerte violenta de Antonella se produjo mediando violencia de género". Explicó entonces que no se comprobó que Vargas se haya aprovechado de una posición de poder, considerando que Antonella no era vulnerable o al menos no se configuró un estado de vulnerabilidad en la víctima en esa relación. Respecto a la mecánica del hecho, desarrolló que a su criterio en el debate no quedaron comprobados los detalles del "violento hecho", en referencia a la secuencia de la pelea ocurrida dentro del departamento de la víctima. Si bien en un tramo del expediente mencionó: "No descarto que no hayan existido elementos que conviertan la muerte violenta de Rocío Antonella Bernhardt en un femicidio", sostuvo que al dictar veredicto "no se trata de una cuestión de fe".

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