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» Comercio y Justicia
Fecha: 26/06/2025 02:34
Lleva el nombre de “Entre Lenguas Córdoba” y es una iniciativa que tiene por objetivo fortalecer la enseñanza de idiomas extranjeros en todas las instituciones educativas de la provincia, con un énfasis inicial en el inglés. Este programa se enmarca en el Plan de Desarrollo Educativo Provincial 2024-2027 Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba Resolución N° 130 Córdoba, 23 junio de 2025 VISTO: El Plan de Desarrollo Educativo Provincial 2024-2027, Resolución Ministerial N° 454/2024, en el que se establece la necesidad de diseñar e implementar una Política Lingüística para promover aprendizajes orientados al desarrollo de una ciudadanía plurilingüe. Y CONSIDERANDO: Que, en el marco del desarrollo de una ciudadanía plurilingüe, la implementación de un marco de Política Lingüística constituye una necesidad ineludible para la provincia de Córdoba, dada la importancia estratégica que adquiere la incorporación del aprendizaje y la enseñanza de lenguas extranjeras en los niveles de Educación Primaria y Secundaria como factor clave para el fortalecimiento de la formación ciudadana. Que dicha necesidad ha sido expresamente contemplada en el Plan de Desarrollo Educativo Provincial 2024-2027, el cual establece como uno de sus objetivos “diseñar e implementar una Política Lingüística para promover aprendizajes orientados al desarrollo de una ciudadanía plurilingüe”, y considera el inglés segunda lengua (eje 3, subpunto 3, del referido Plan). Que el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba ha iniciado este proceso con particular énfasis en la incorporación curricular del idioma inglés en los niveles Primario y Secundario, de la educación obligatoria, aunque sin perder de vista la necesidad de avanzar de manera gradual y progresiva en la incorporación de otros idiomas, a fin de garantizar una política lingüística verdaderamente plurilingüe. Que, como un ejemplo de dicho proceso, mediante el dispositivo de formación docente “Entre Lenguas – Inglés en el Plurigrado Rural” implementado a través del Instituto Superior de Estudios Pedagógicos, el Ministerio impulsa el fortalecimiento progresivo, equitativo y contextualizado de la enseñanza del inglés en las escuelas rurales de la provincia. Que dicho dispositivo cuenta con líneas específicas como Co-teaching in English, el diseño de kits de materiales impresos de acompañamiento a la enseñanza, y una estrategia integral de formación y acompañamiento docente, que promueve la co-construcción de prácticas pedagógicas innovadoras en contextos de plurigrado. Que, por otra parte, se ha avanzado en la implementación de la enseñanza ingles en la Jornada Extendida, en la Educación Primaria, en su incorporación en Educación Secundaria de la modalidad de la Educación Especial, incluyendo tanto contextos urbanos como rurales; además se amplió la propuesta en programas especiales -como el caso de ProA- y las ofertas de formación docente continua a través de actualizaciones y postítulos específicos. Que, con base a tales experiencias, resulta necesario extender estas acciones de enseñanza del idioma inglés a la totalidad de las instituciones educativas de Nivel Primario y Secundario del Sistema Educativo Provincial, de manera gradual y progresiva, con el objeto de alcanzar las metas definidas por el Plan de Desarrollo Educativo Provincial 2024-2027 relativas al desarrollo de la Política Lingüística ya mencionada. Que, para hacer efectiva la enseñanza sistemática, se diseñan las Progresiones de aprendizaje de Lengua Extranjera Inglés en el marco del TransFORMAR@ Cba, es decir, bajo criterios de actualización curricular y renovación didáctica. Que, además de la implementación de dispositivos, la producción de materiales, y la formación y acompañamiento de los docentes, resulta imprescindible contar con herramientas que permitan acreditar los conocimientos en lenguas extranjeras de quienes con conocimiento de la lengua, no posean certificación oficial, con el fin de ampliar del universo de perfiles profesionales que puedan incorporarse a los distintos dispositivos en desarrollo. Que, la Secretaria de Innovación, Desarrollo Profesional y Tecnologías en Educación, en conjunto con la Secretaria de Educación, han propuesto formalizar e institucionalizar este programa a fin de garantizar su continuidad, escalabilidad y sostenibilidad. EL MINISTRO DE EDUCACION RESUELVE: Art. 1°.- CREAR el Programa “Entre Lenguas Córdoba”, destinado al fortalecimiento de la enseñanza de lenguas extranjeras en las instituciones educativas de la Provincia de Córdoba. Art. 2°.- ESTABLECER que el programa, con alcance a estudiantes y docentes de todos los niveles y modalidades educativas, comprenderá acciones variadas, que promuevan más y mejores aprendizajes de otros idiomas en diálogo con la lengua materna, a saber: a. -evaluación y validación de saberes; b. – formación docente y continua; c. – propuestas para estudiantes; d. – producción y distribución de materiales curriculares específicos; e. – instancias de acompañamiento pedagógico. Art. 3°.- CREAR la Unidad de Certificación de Competencias en Lenguas Extranjeras, que dependiente de la Secretaría de Innovación, Desarrollo Profesional y Tecnologías en Educación del Ministerio de Educación de Córdoba, estará compuesta por: a) un Coordinador; b) un Equipo Técnico Provincial, c) y un Consejo Consultivo conformado por representantes de las Universidades, Institutos de Formación Docente y otras instituciones educativas u organismos de prestigio académico en cuanto a la enseñanza de idiomas. La Unidad de Certificación de Competencias en Lenguas Extranjeras tendrá como funciones: a.- Garantizar las acreditaciones de niveles de competencia en lenguas extranjeras. b.- Implementar procesos de diseño de pruebas estandarizadas que den cuenta de los niveles de competencia adquiridos. c.- Diseñar dispositivos pertinentes para la implementación de las pruebas. d.- Monitorear el proceso de implementación de las pruebas. e.- Confeccionar informes de implementación que funjan de instrumentos de proceso de mejora constante. f.- Elaborar planes de mejora con base en la información disponible a partir de cada instancia de implementación de las pruebas. La Secretaría de Innovación, Desarrollo Profesional y Tecnologías en Educación designará al Coordinador y a los integrantes del Equipo Técnico Provincial. Asimismo, celebrará los convenios con las Universidades, institutos de formación docente, y otras instituciones y organismos que resulten necesarios para la integración del Consejo Consultivo que, por definición, forma parte de la Unidad de Certificación de Competencias en Lenguas Extranjeras. Art. 4°.- DELEGAR en la Secretaría de Innovación, Desarrollo Profesional y Tecnologías en Educación en articulación con la Secretaría de Educación, el diseño , implementación, seguimiento y evaluación del presente Programa, comenzando por Lengua Extranjera: Inglés (2025-2026). Art. 5°.- AUTORIZAR a la Secretaría de Innovación, Desarrollo Profesional y Tecnologías en Educación la incorporación gradual y progresiva de otros idiomas al presente programa. Art. 6°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. FDO.: HORACIO ADEMAR FERREYRA, MINISTRO DE EDUCACIÓN N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 120 del 25 de junio de 2025.
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