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Parana » El Once Digital
Fecha: 25/06/2025 10:30
En julio de 2025, las niñeras y los cuidadores de adultos recibirán sus salarios tomando como base el monto correspondiente al mes anterior, a la espera de un nuevo acuerdo paritario que actualice los sueldos en este sector. Esta medida se enmarca en el contexto de una espera por parte de los trabajadores de casas particulares que, al no haber un acuerdo actualizado, continuarán recibiendo los montos establecidos en la resolución 1/2025 publicada por el Gobierno. La última grilla salarial del sector, contenida en la mencionada resolución, establece los montos mínimos para cada categoría de trabajador. En este sentido, los salarios de niñeras y cuidadores de adultos seguirán basándose en las cifras estipuladas en dicha normativa mientras no se renueven las condiciones salariales para el sector. Según la normativa vigente, las niñeras y cuidadores de adultos forman parte de la cuarta categoría de empleados de casas particulares, desempeñando tareas esenciales como la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como niños, adolescentes, adultos mayores o personas con discapacidad. Salarios por hora y mensualidad: lo que corresponde en julio Para aquellos trabajadores contratados por hora o por jornada, los salarios se liquidarán conforme a los valores mínimos establecidos, los cuales varían dependiendo de si se trabaja con o sin retiro. En el caso de trabajo por hora con retiro, el salario será de $3089 por cada hora de trabajo, mientras que el valor por hora sin retiro asciende a $3454. Estas cifras están dirigidas a quienes trabajen menos de 24 horas semanales para el mismo empleador. Por otro lado, aquellos empleados que trabajen con un esquema mensual recibirán los siguientes montos de referencia durante el séptimo mes del año 2025: Mensual con retiro: $390.567 Mensual sin retiro: $435.246 Estos valores están dirigidos a los trabajadores comprendidos en el régimen establecido por la ley n° 26.844, para aquellos que trabajen 24 o más horas semanales para el mismo empleador. La remuneración se liquidará de manera proporcional a las horas efectivamente trabajadas, siendo esta una base mínima de pago. Es importante destacar que estos montos solo corresponden al salario básico. El empleador deberá, además, abonar conceptos adicionales como antigüedad, aportes jubilatorios y obra social, los cuales deben ser incluidos en la liquidación salarial. Antigüedad: cómo se calcula el pago adicional Uno de los aspectos a tener en cuenta es el pago por antigüedad, un concepto clave en el servicio doméstico. Para determinar cuánto le corresponde al trabajador, se debe calcular el uno por ciento por cada año trabajado desde el 1° de septiembre de 2020. Este pago no tiene efecto retroactivo, por lo que no corresponde por los años previos a esa fecha. El pago de la antigüedad es una obligación generalizada para todas las relaciones laborales vigentes en el servicio doméstico. Este monto adicional debe estar claramente especificado en los recibos de sueldo de los trabajadores, con el fin de facilitar su identificación y garantizar la transparencia en el pago de este derecho. (Con información de La Nación) Más noticias
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