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San Salvador » Noticiasyhechos
Fecha: 24/06/2025 10:15
La prohibición, que es extensiva a las ventas electrónicas, se centra en los productos marca Walker destinados a "cosmética del automotor". Entre ellos, figuran Walker PERFUMINA; Walker Aromatizante en gel; Walker REVIVIDOR DE NEGRO EN GEL; Walker Quita INSECTOS instantáneo; Walker SHAMPOO LAVA AUTO SILICONADO; Revividor de Negro Líquido “Walker”; Renovador Multipropósito. Fórmula en espuma. “Walker”; Silicona Emulsión Perfumada “Walker”; Silicona Líquida. Perfumada. Nutra y Protege Interiores “Walker”; Cera. Brillo Final para Carrocerías. “Walker”; Cera Polish. “Walker”; Cera Líquida. Brillo y Protección Exterior. “Walker”; Shampoo Lava auto “Walker”; Limpia Tapizado “Walker”; Lava Parabrisas. “Walker”; Perfumes de Ambientes. “Walker”. La ANMAT condicionó el levantamiento de la prohibición a que la firma “obtenga su correspondiente registro sanitario”. En los considerandos de la resolución, se deja en claro que los productos detallados y ahora prohibidos no cuentan con “registro”, lo que “deviene en riesgo para la salud”. Además de la prohibición, la resolución ordena, en su artículo 2, “iniciar el correspondiente sumario sanitario a la firma Sommer S.A., sita en Lote 16 del Parque Industrial Gualeguaychú, de la localidad de Gualeguaychú, de la provincia de Entre Ríos, con RNE N°080030252, como responsable de los productos y al Director Técnico por los incumplimientos a la normativa sanitaria aplicable”. Fuente: El Entre Ríos
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