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Concordia » Libre Entre Rios
Fecha: 20/06/2025 16:45
Compartilo con La nueva normativa, oficializada a través de la Resolución Nº 1109/25 y publicada el miércoles en el Boletín Oficial, fija zonas de exclusión y amortiguamiento con distancias precisas, exige notificaciones con 48 horas de antelación y detalla cómo actuar ante aplicaciones indebidas para proteger a las comunidades educativas. El Gobierno de Entre Ríos, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, ha aprobado un nuevo y detallado protocolo que regula la´fumigación con agroquímicos en las inmediaciones de las escuelas rurales de la provincia. La medida, firmada por el secretario Raul Alberto Boc-Ho, busca dar cumplimiento a la Ley de Buenas Prácticas (Nº 11.178) y equilibrar la producción agrícola con la protección de la salud de estudiantes y docentes. La resolución establece un marco de actuación claro para los productores, creando tres zonas diferenciadas alrededor de cada establecimiento educativo, con reglas específicas para cada una. Las claves del nuevo protocolo: Zonas, distancias y productos permitidos El corazón de la nueva normativa es la creación de un sistema de anillos de protección alrededor de las escuelas, con restricciones que varían según el tipo de maquinaria utilizada para la fumigación. Entre Ríos tiene un nuevo protocolo que regula la fumigación con agroquícimos cerca de las escuelas rurales. Zona de Exclusión (Roja): Es el área de restricción absoluta. Aquí está terminantemente prohibido aplicar cualquier tipo de producto fitosanitario. Las distancias desde el perímetro de la escuela son: 15 metros para equipos manuales y drones (de hasta 60 litros). para equipos manuales y drones (de hasta 60 litros). 150 metros para pulverizadores terrestres. para pulverizadores terrestres. 500 metros para aviones tripulados. Zona de Amortiguamiento (Amarilla): En esta franja intermedia, solo se permite la aplicación de productos de baja toxicidad, identificados con las bandas toxicológicas azul (clase III) y verde (clase IV). Las distancias, medidas desde el final de la zona de exclusión, son: 45 metros para equipos manuales y drones. para equipos manuales y drones. 500 metros para equipos terrestres. para equipos terrestres. 3.000 metros (3 kilómetros) para aviones tripulados. Zona de Libre Aplicación: A partir del límite de la zona de amortiguamiento, se permite el uso de todos los productos fitosanitarios registrados, sin necesidad de aviso previo ni la presencia obligatoria de un asesor técnico. Notificación obligatoria y supervisión técnica Para realizar aplicaciones en la Zona de Amortiguamiento, los productores deberán cumplir con un estricto procedimiento. Es obligatorio presentar una notificación formal con un mínimo de 48 horas de antelación. Durante el ciclo lectivo , el aviso deberá ser entregado al director o directora de la escuela. , el aviso deberá ser entregado al director o directora de la escuela. En período de receso o feriados, la notificación se realizará a la autoridad competente más cercana (policía, junta de gobierno o comuna). Además, una copia de la notificación, junto con la Receta Agronómica Digital, deberá ser enviada por correo electrónico a la Dirección de Agricultura y a la Secretaría de Ambiente. Las aplicaciones solo podrán realizarse a contraturno escolar, fines de semana o feriados, y siempre con la presencia permanente de un asesor fitosanitario que supervise la tarea. ¿Cómo denunciar una aplicación irregular? El protocolo también empodera a la comunidad, estableciendo un canal claro para denunciar posibles infracciones. Ante la sospecha de una fumigación indebida, cualquier ciudadano puede realizar una exposición en la comisaría más cercana. Se recomienda aportar la mayor cantidad de datos posibles: matrícula del equipo, datos del lote, día y hora, y adjuntar pruebas como fotos, videos o certificados médicos en caso de afecciones a la salud. Una copia de esta denuncia policial debe ser remitida al correo electrónico de Sanidad Vegetal para el seguimiento oficial. La normativa, que ya fue publicada en el Boletín Oficial, es el resultado del trabajo conjunto entre las Secretarías de Agricultura y de Ambiente, y busca sentar un precedente claro en la convivencia entre la actividad productiva y el bienestar de las comunidades rurales.
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