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Parana » Reporte1007
Fecha: 19/06/2025 13:10
El Jurado de Enjuiciamiento por destituyó por mayoría de 6 a 1 a la jueza de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Diamante, Josefina Beatriz Etienot, bajo los cargos de violencia laboral. La resolución constituye un revés para el alegato del Procurador General Jorge Amílcar García, que había sostenido que el poder sancionatorio había caducado al cumplir el plazo de ley para expedirse por parte del jury. El miércoles 20 de septiembre de 2023, los cuatro jueces que integran el Tribunal de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Susana Medina, Claudia Mizawak, Martín Carbonell y Germán Carlomagno, firmaron la resolución N° 657 a través de la cual decidieron denunciar ante el Jurado de Enjuiciamiento a la titular del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Diamante, Josefina Beatriz Etienot, por serias irregularidades y graves casos de violencia laboral. También se dispuso «la suspensión de la Magistrada denunciada, Dra. Josefina Beatriz Etienot, con goce de haberes y mientras dure el proceso ante el Jurado de Enjuiciamiento, atento a la gravedad de los hechos y con carácter precautorio, en orden a garantizar la investigación y proteger a quienes han declarado como testigos en el marco de la presente investigación». Dos defensores oficiales habían iniciado investigaciones en su contra y la habían denunciado, Luis Sebastián Lescano, defensor multifueros de Diamante, y Susana Carnero, defensora de Paraná. La situación más seria de la actuación durante los dos años en los que Etienot se desempeñó como jueza -juró en el cargo en agosto de 2021- involucra una disposición por la que ordenó revincular a una adolescentes con un matrimonio al que le habían revocado la guarda de dos hermanos por denuncia de violencia y maltrato. Los dos hermanos quedaron bajo la guarda del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf). Etienot resolvió separarlos y auspicio el regreso de la niña con la pareja que antes había sido denunciada por maltrato. Dos meses después la revinculación quedó sin efecto y en medio ocurrió una denuncia por supuesto abuso sexual infantill. Por esa razón, se ordenó dar intervención ante el Ministerio Público Fiscal y al Ministerio Público de la Defensa «ante la eventual responsabilidad internacional del Estado Argentino por lo acontecido con C.A., a fin que informen a este Alto Cuerpo todo lo actuado en la órbita de su competencia -acompañando copia certificada de las actuaciones-, así como el estado de las causas, y solicitar la remisión de copia de idéntico tenor al Jurado de Enjuiciamiento». La resolución N° 657 del Tribunal de Superintendencia recuerda que el STJ “ha debido intervenir en reiteradas oportunidades en el organismo a cargo de la jueza de Familia y Penal de Niñas Niños y Adolescentes de Diamante, Dra. Josefina Beatriz Etienot, desde su asunción en fecha 19.08.21”. Recuerda que la magistrada asumió el 19 de agosto de 2021, y que “a poco más de dos años: a) ingresaron 2 denuncias por violencia y acoso laboral en su contra, en trámite ante este Superior Tribunal de Justicia; b) por fuera de estas, han debido intervenir -en distintos momentos y a lo largo de su desempeño, en forma puntual o simultánea- tres programas del STJ, a saber: Salud Ocupacional en distintas ocasiones, Primera Instancia -Resolución de Presidencia de fecha 18.03.22-, y Gestión Judicial -Resolución de Presidencia del 31.05.23- como intentos de brindar solución al preocupante clima laboral y humano que se ha detectado permanentemente en el organismo; c) ello, sin tomar en consideración otras intervenciones como la del Órgano de Revisión dependiente del Ministerio Público de la Defensa, para trabajar puntualmente en capacitación de Equipos Técnicos Interdisciplinarios; d) se ha debido reubicar a dos funcionarias de alto rango, secretaria y Médica Psiquiatra del ETI (equipo técnico interdisciplinario), como medida de protección a su salud física y psicológica, duplicando el costo en Recursos Humanos; e) se ha debido disponer la creación urgente de la Oficina de Gestión Única con el objeto de mitigar el desgaste emocional que sus conductas provocarían en el equipo de trabajo, generando de esa forma una nueva dependencia funcional con carácter preventivo y protectorio; f) se ha impuesto a la jueza una sanción de prevención por incumplimiento del sistema de carga en las redenuncias de violencia; g) se han debido conceder licencias por trastornos emocionales a distintas personas del organismo, lo que autoriza verosímilmente a presumir la existencia de un patrón de malestar común en las personas que trabajan en el mismo; h) se han detectado intervenciones de la magistrada en procesos judiciales, que no responderían a los parámetros desarrollados en el apartado II primer párrafo de la presente resolución, que surgen con meridiana claridad del informe sobre causas agregado a las presentes”; j) se ha dispuesto la activación del Protocolo para la prevención e intervención en situaciones de violencia laboral del Poder Judicial de Entre Ríos; k) se ha dispuesto la realización de una información sumaria en el ámbito del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Diamante. La decisión El Jurado de Enjuiciamiento, presidido por la senadora provincial Gladys Domínguez (PJ); e integrado por los vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Leonardo Portela, Miguel Ángel Giorgio y Gisela Schumacher; el diputado provincial Marcelo López (Juntos); y los abogados Gonzalo García Garro y María Victoria Giménez, dio a conocer hoy la sentencia definitiva. En el desarrollo de los fundamentos del primer voto, a cargo de la vocal del STJ, Gisela Schumacher, se consideró que a lo largo de todo el desarrollo de la causa quedó demostrado que la magistrada denunciada incurrió en diversos incumplimientos de sus deberes, en las tres imputaciones que le fueran hechas en la denuncia y acusación. Sin embargo, se consideró que la causal de violencia laboral es la que debía motivar su destitución, ya que quedaron probados los hechos de violencia que fueran denunciados, pero además, aparecieron otros que, en conjunto, demuestran sin duda el ambiente violento que generó Josefina Etienot, y con él, la configuración de la causal de mal desempeño. En relación a la denuncia por una sentencia judicial emitida por la magistrada, se consideró que “no configura causal para su destitución por cuanto, a pesar de errada, no deja de ser una decisión judicial, insuceptible de “revisión” por este órgano encargado de evaluar la responsabilidad política de la magistrada”. En esta imputación, la jurado María Victoria Giménez fijó su disidencia por entender que también debía ser motivo de destitución de Etienot. El Jurado sostuvo que el desempeño idóneo de un/a magistrado/a requiere de la buena conducta y del buen desempeño en el cargo juramentado, dado que, como sucedió en el caso, “ la jueza no se comportó según su dignidad, ejecutando actos que demuestran una incapacidad para sostenerse en el cargo para el cual fuera designada, no merece continuar en el mismo por haber perdido la aptitud para ostentar el poder confiado”. También se estableció que durante las audiencias del juicio se arribó a contundentes conclusiones sobre el ejercicio de violencia sistemática sobre al menos siete víctimas y con 18 hechos constatados. Esto se valoró en el marco de la desigual relación de poder, entre víctimas y victimaria, y el fuerte impacto emocional en esas personas, así como en el servicio de justicia, y en trámites de personas vulnerables ante su juzgado. En otro sentido, se tuvo en cuenta que para violentar a sus víctimas, Etienot se valió de recursos públicos, lo que agravó su situación. La mayoría estuvo compuesta por todos/as los/as integrantes del organismo, excepto el vocal del STJ, Miguel Ángel Giorgio quien votó por la absolución, al considerar que “la falta de acusación del Procurador constituye un obstáculo insalvable para que este Jurado pueda arribar al dictado de una resolución destitutoria, de conformidad con la posición que asumí en el precedente “Rossi, Carlos Alfredo -Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la ciudad de Gualeguaychú- denuncia en su contra formulada por el senador provincial, Mattiauda, Nicolás Alejandro y por el diputado provincial, La Madrid, Joaquín y acumulados”. De la Redacción de Entre Ríos Ahora
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