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Valle María » Vallemarianoticias
Fecha: 19/06/2025 12:10
Así lo determinó la Justicia respecto de los expolicías Gabino Manader y Eduardo Wischnivetzky, acusados por crímenes de lesa humanidad durante la dictadura. La titular del Juzgado Federal N°1 de Resistencia, Zunilda Niremperger, procesó con prisión preventiva a los expolicías Gabino Manader y Eduardo Wischnivetzky. El primero era exsuboficial mayor de la Dirección de Investigaciones de la Policía del Chaco y el segundo era excomisario general de la misma fuerza. Se los acusa de los delitos de privación ilegal de la libertad y la aplicación de tormentos contra los militantes de las Ligas Agrarias, Carlos Páez y Aureliano Villán, ocurridos en 1974 en la Alcaidía de Sáenz Peña, en la provincia de Chaco. La resolución fue dictada el 4 de junio pasado en línea con el pedido de la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de esa jurisdicción, integrada por el fiscal general Carlos Amad, el fiscal federal Patricio Sabadini y los auxiliares fiscales Diego Vigay y Horacio Rodríguez. Prisión domiciliaria Los ex policías Manader y Wischnivetzky ya se encuentran bajo prisión domiciliaria en el marco de otras causas. Además, la jueza ordenó trabar embargos sobre los bienes de ambos imputados hasta cubrir las sumas de 20 y 10 millones de pesos respectivamente. A partir de esta resolución, los auxiliares fiscales Vigay y Rodríguez le solicitaron al Tribunal Oral Federal de Resistencia la unificación de esta causa con la denominada “Ligas Agrarias 2 – Sacerdotes”, que se encuentra a la espera de la fecha para su juicio oral, en la que Manader está acusado por la privación ilegal de la libertad y la aplicación de tormentos a los sacerdotes Joaquín Núñez y Gianfranco Testa, ocurridas en la misma fecha y en las mismas circunstancias que Páez y Villán. Según la investigación, Páez y Villán, militaban en una organización política vinculada a las Ligas Agrarias cuando fueron detenidos el 14 de abril de 1974 por la Policía del Chaco en las ciudades Sáenz Peña y Quitilipi, respectivamente, en el marco del mismo operativo donde detuvieron a los sacerdotes Núñez y Testa de las parroquias de Quitilipi y Machagai. Todos ellos fueron trasladados a la Alcaidía de Sáenz Peña, donde fueron alojados en oficinas distantes a los pabellones. De acuerdo con los elementos recabados en la causa, una vez allí fueron torturados durante dos semanas por una comisión de la Dirección de Investigaciones de la Policía provincial, encabezada por el jefe Carlos Alcides Thomas y el subjefe Wenceslao Ceniquel, el suboficial Manader, el agente José María Cardozo y el comisario Wischnivezky. La reconstrucción de los hechos realizada por la jueza se asentó en los relatos de las víctimas, declaraciones de otros detenidos, testimonios de religiosas, además de actuaciones judiciales e informes médicos de la época. Según consta en los expedientes, en varios momentos a Páez lo llevaron a un lugar descampado donde lo ataron a un árbol y le realizaron simulacros de fusilamiento. Además, previo a su traslado a la Alcaidía de Resistencia, debió ser internado durante tres días en el hospital de Sáenz Peña debido a su grave estado de salud. “El 14 de abril de 1974, Páez y Villan -ambos conocidos militantes políticos-, fueron detenidos y alojados en la Alcaidía de Sáenz Peña donde los torturaron, incluso con picana, y fueron amenazados para que aporten datos relacionados con la militancia política y las Ligas Agrarias, por considerarlos parte de ellas. Está acreditado el carácter de funcionario policial de los imputados a la época de los hechos, y que habrían actuado en el marco de un plan sistemático ejecutado desde el aparato estatal”, aseguró la jueza Niremperger en el fallo. Según consignó el portal de la Procuración General de la Nación, la magistrada detalló que las investigaciones relativas a los sacerdotes Testa y Núñez y los casos de Villan y Páez presentan “una plena conexidad temporal y espacial –todos los hechos se remontan al año 1974 en la Comisaría y la Alcaidía de la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña–, además de una clara conexidad objetiva y subjetiva”, porque comparten un “plexo probatorio común”. Por otro lado, resaltó que la descripción de los padecimientos sufridos por Páez, que en ese entonces tenía 17 años, y Villán “exhiben efectivamente las características de hechos de violencia física y psicológica de significativa intensidad, los cuales se corresponden con la definición normativa de tormentos”. Las sentencias por la persecución a las Ligas Agrarias El 25 de junio de 2019, el Tribunal Oral Federal de Resistencia condenó a cuatro ex policías y exmilitares por crímenes de lesa humanidad perpetrados durante la última dictadura militar en la provincia de Chaco contra pobladores rurales y militantes campesinos, en el juicio conocido como “Ligas Agrarias”. El tribunal le impuso la pena de prisión perpetua al exteniente coronel del Ejército Tadeo Bettolli, por el homicidio agravado del dirigente campesino Raúl Eduardo Gómez Estigarribia, y la misma pena para el exagente policial Alcides Sanferraiter, por el homicidio agravado por alevosía del militante rural Carlos Picolli. Además, recibieron penas de 4 y 18 años de prisión los excomisarios José Rodríguez Valiente y Eduardo Wischnivetzky por encubrimiento, privación ilegítima de la libertad y tormentos, según cada caso. En los fundamentos de la sentencia, el tribunal oral hizo hincapié en el papel del movimiento rural en la defensa de los derechos de las familias campesinas: “Las Ligas Agrarias –desarrolladas en las provincias del nordeste- en particular, se apoyaban en el factor de marginalidad que poseían los pequeños productores, campesinos y trabajadores rurales en el contexto de la sociedad capitalista vigente. Las Ligas Agrarias representaron entonces un gran sector de productores rurales, tanto colonos como campesinos que, viéndose marginados del modelo de desarrollo dominante, irrumpieron en la arena de la lucha política de los años 70 colocando al agro al lado del resto de las expresiones de cambio radical de aquellos años”. El mismo tribunal había condenado a los responsables de crímenes contra dirigentes y militantes de las Ligas Agrarias en distintos juicios orales en el marco de las causas denominadas: Masacre de Margarita Belén (2011), Caballero I (2010), Caballero II (2018) y Caballero III (2021) . A su vez, el Tribunal Oral Federal de San Martín condenó en 2021 a militares del Batallón 601 en el marco de la causa Contraofensiva por las desapariciones, entre otras, de los dirigentes de las Ligas Agrarias de Chaco Hugo Vocouber, Luis Alberto Fleitas y Armando Molina, ocurridas en 1980. UNO
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