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» Elterritorio
Fecha: 19/06/2025 01:30
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia rechazó un recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de José Raúl G. (31), quien en su momento se opuso a la anulación del veredicto que en 2022 lo absolvió del delito de abuso sexual, y que fue emitido en aquel momento por los jueces del Tribunal Penal Uno de la capital provincial. miércoles 18 de junio de 2025 | 18:41hs. El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia resolvió recientemente rechazar un recurso extraordinario federal interpuesto meses atrás por la defensa de José Raúl G. (31), quien en octubre de 2022 había sido absuelto por los miembros del Tribunal Penal Uno de Posadas en el juicio oral que se le siguió por hechos de abuso sexual en perjuicio de su hija menor de edad y cuyo veredicto, tras un recurso de casación por parte de la fiscal María Laura Álvarez y el abogado querellante Hugo Zapana, fue anulado posteriormente por los propios magistrados del STJ. De pudo confirmar El Territorio, la denegatoria tiene que ver con un planteo hecho por la letrada María Laura Alvarenga, quien representa legalmente al imputado y había presentado dicho recurso extraordinario ante la anulación de la sentencia 28/22, que ordenaba la realización de un nuevo juicio con otros jueces como integrantes del tribunal. De la lectura del recurso bajo análisis se advierte que el planteo formulado no demuestra acabadamente la vinculación directa de la cuestión federal con la materia del litigio que pretende ser revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación ni la configuración de las transgresiones a principios y garantías constitucionales que genéricamente alega a lo largo del escrito recursivo, se lee en una parte del fallo de los jueces, que ya fue debidamente notificado a las partes en el proceso. Además, se pudo saber que el acta resolutiva tuvo fallo unánime de los ministros Cristina Leiva, Ramona Velázquez, Froilán Zarza, Jorge Antonio Rojas, Roberto Rubén Uset, Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, Cristian Marcelo Benítez y Juan Manuel Díaz. De esta manera queda el camino allanado para que se disponga la conformación de un nuevo tribunal para volver a juzgar al encartado, quien el 12 de octubre de 2022 fue absuelto por el beneficio de la duda, acusado de abusar sexualmente de su hija en Posadas cuando ésta tenía 5 años, es decir, en 2013 durante el régimen de visitas. En su fallo los jueces del Tribunal Penal Uno consideraron por unanimidad que no existían elementos de prueba suficientes para declarar la culpabilidad del sujeto, que salió caminando junto a sus padres en medio de la indignación de la víctima y su familia. Cabe recordar que entre los principales argumentos que llevaron a pedir el recurso de casación la fiscal Álvarez adujo que hubo inobservancia o errónea aplicación de la ley, es decir, que los jueces Viviana Cukla (presidenta), Ángel Dejesús Cardozo y Juan Manuel Monte (subrogante) no efectuaron un análisis con perspectiva de género ni perspectiva de la niñez y que la sentencia posee una motivación falsa y violatoria de las reglas de la sana crítica. Además, Álvarez puso en relieve una vez más las declaraciones que hizo la víctima en Cámara Gesell, que fueron desestimadas por los magistrados. En tanto, el abogado querellante Hugo Zapana planteó en su recurso que el Tribunal ha aplicado amplitud probatoria solo en favor del imputado y cuestionó la valoración que hicieron los jueces posadeños. Se mencionaron los informes médicos y testimoniales de cuatro profesionales de la salud que atendieron a la víctima y declararon durante el juicio oral, al igual que maestras, psicopedagogas y la maestra integradora que refirieron a indicadores de abuso sexual. Mencionó irregularidades referidas a imágenes en poder de la defensa y, siguiendo la línea fiscal, que el proceso se ha desarrollado y juzgado sin perspectiva de género. Qué determinó el STJ En su resolución de agosto del año pasado los ministros del STJ adhirieron por unanimidad al voto de la magistrada Cristina Leiva, quien determinó que hubo vicios de fundamentación de parte de los jueces penales Cukla, Cardozo y Monte, sobre todo en cuanto a la valoración que hicieron de la declaración en Cámara Gesell de la víctima durante el debate del 3 de octubre de 2022 y que fuera excluida como evidencia. Entender que excluir la valoración de esta prueba en razón de fundamentos aparentes o contradictorios resulta un vicio que afecta la validez de la sentencia atacada, concluyó Leiva en el fallo. También avanzó sobre los argumentos de la defensa del acusado, ejercida por Eduardo Paredes y el fallecido José Luis Rey, quienes para desacreditar a la víctima plantearon la idea de que la niña fabuló y basó sus testimonios y dibujos en una película infantil. Leiva señaló que la postura planteada por la defensa sin la debida plataforma científica que la respalde no puede servir de fundamento válido si no se encuentra acompañada de otras pruebas que la corroboren. Y apuntó que los profesionales intervinientes concluyeron en sentido contrario, informando que la niña no fabula ni fantasea. La denuncia La denuncia por abuso sexual fue hecha a finales de mayo de 2013, cuando la niña les contó a sus abuelos maternos que sufría dolores e irritaciones en sus genitales. De acuerdo al auto de elevación a juicio, desde ese punto la familia materna de la criatura ahondó en la cuestión, radicó una denuncia policial y tanto los estudios médicos como la testimonial de la niña brindada ante profesionales en Cámara Gesell, elemento clave para la acusación, confirmaron los abusos. Surge del expediente que el hombre abusaba de su hija en los momentos en que estaba a su cargo, según el régimen de tenencia, dado que estaba separado de la madre de la niña. En todo el tiempo transcurrido desde la denuncia hubo decenas de recursos presentados por los abogados del acusado que terminaron dilatando el debate y la resolución del caso. Sostienen que el abuso jamás existió. Este caso en algún modo es trágico porque enfrentó a dos familias y fue una gran confusión no existió el abuso hay una confusión por el relato que hace la nena que cuenta la historia de la película Rapunzel y se interpreta que es una historia distinta, sostuvo en su momento el letrado Eduardo Paredes. La Cámara Gesell es el modo en que se recepciona el testimonio a víctimas de abuso que sean menores de edad En este caso la menor fue elocuente Los informes psicológicos de los peritos oficiales dicen que no tiene un relato inoculado y que pudo haber vivido aquello que contó hace más de diez años planteó por su parte Zapana abogado querellante afirmando que no hay una sino 50 pruebas que indican que el hecho existió y que el autor es la persona que va a estar sentada en el banquillo de los acusados
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