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  • En la causa Contratos la jueza Barbagelata cerró la puerta a las impugnaciones: se debatirán en juicio

    Crespo » Paralelo 32

    Fecha: 18/06/2025 00:14

    La resolución se dictó tras analizar los planteos interpuestos por varios abogados defensores, que buscaban impugnar decisiones adoptadas en la audiencia realizada el pasado 9 de junio. En esa oportunidad, la magistrada había rechazado múltiples pedidos de exclusión probatoria presentados por las defensas. De los 32 imputados que tuvo inicialmente el caso, 14 ya fueron desvinculados del proceso penal mediante distintos mecanismos procesales: 12 fueron beneficiados con la suspensión del juicio a prueba (probation), uno mediante juicio abreviado y otro fue sobreseído tras el retiro de los cargos por parte de la Fiscalía. Los recursos rechazados fueron presentados por los defensores de imputados como Flavia Beckman, Hugo Mena, Alfredo Bilbao, Ariel Faure, y otros involucrados como Gustavo Pérez, Juan Pablo Aguilera, Marta Pérez, Maximiliano Degani y Jorge De Breuil, entre otros. En todos los casos, las defensas habían planteado que determinadas pruebas no debían ser admitidas por supuestas irregularidades en su obtención. “No hay gravamen irreparable” En su resolución, Barbagelata argumentó que las decisiones cuestionadas no reúnen el carácter de impugnables, ya que no provocan un daño irreparable. Explicó que las defensas tendrán la posibilidad de volver a plantear la validez o invalidez de las pruebas durante el juicio oral, instancia en la que el tribunal podrá evaluar nuevamente los argumentos presentados. “La existencia de dicha oportunidad procesalmente útil para reparar el perjuicio que irroga la resolución (…) pone de manifiesto que si hipotéticamente el decisorio impugnado causa perjuicio, este puede ser reparado en la instancia de debate”, sostuvo la magistrada. Evidencia en debate Durante la audiencia del 9 de junio, la jueza había rechazado la exclusión de una amplia cantidad de evidencia: desde testimonios de testigos y contratados, hasta documentos secuestrados en allanamientos, de exclusión probatoria del disco rígido con videofilmaciones de las entrevistas a esos testigos; los planteos de exclusión probatoria de la documentación secuestrada en los domicilios de calle Isidoro Almeida Nº 1605 y Nº 1622 de Paraná; el planteo de exclusión probatoria de la evidencia digital, de las actas e informes técnicos que dan cuenta del modo en que fue recabada y su contenido; de los soportes de almacenamiento de esa evidencia digital y de los dispositivos de los que fue extraída. También desestimó el planteo de exclusión probatoria del acta del 26 de octubre del 2018, labrada en el Gabinete de Informática Forense, relacionada al examen y descarga de documentos de las cuentas de correo electrónico referidas a Bilbao y su pareja, y de Verónica Caino, así como de los dos DVD y duplicados; el planteo de exclusión probatoria del Informe I0293 del 4 de octubre de 2018, confeccionado por el Ingeniero Guillermo Javier Fritz, que describe el procedimiento por el cual se preservó información de cuentas de red social Facebook identificadas como "Flavia Beckman", "Andy Demartin" y "Alfredo Bilbao", y del DVD. El mismo temperamento adoptó respecto del planteo de exclusión probatoria del acta del 25 de octubre de 2018 y del informe C1612 -individualizados en el RRJ como prueba Documental, así como del DVD soporte de almacenamiento rotulado, individualizado en el RRJ como prueba Instrumental; los planteos de exclusión probatoria de los informes individualizados; el planteo de exclusión probatoria del informe del análisis de registros telefónicos de Ramiro Caire analista de la Secretaría de Análisis y Articulación de Procesos del Ministerio de Seguridad de Rosario, ni del DVD que lo acompaña, entre otras desestimaciones de documental.

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