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Concordia » Hora Digital
Fecha: 13/06/2025 12:12
La ARCA implementa un plan de facilidades de pago para deudas vencidas hasta el 30 de abril, sin reducción de intereses ni sanciones. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha establecido un nuevo régimen de facilidades de pago con el objetivo de regularizar deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social. Esta medida, formalizada a través de la Resolución General 5711/2025 publicada en el Boletín Oficial, permite a contribuyentes y responsables cumplir con obligaciones vencidas hasta el 30 de abril de 2025, sin reducción de intereses ni liberación de sanciones. Este régimen abarca la regularización de obligaciones impositivas, recursos de seguridad social, retenciones y percepciones impositivas, así como obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación, entre otros. El plan está dirigido a personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas, entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud y otros contribuyentes. Algunos beneficios destacados de este plan incluyen que el pago a cuenta se calculará sobre el total de la deuda consolidada, las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas con un monto mínimo de 2.000 pesos, y no habrá restricciones en la cantidad de planes de facilidades de pago a presentar. Se establece que el plan caducará si se verifica la falta de pago de dos cuotas consecutivas o alternadas, y se aplicará una tasa fija del 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente. El acogimiento a este régimen estará disponible desde el 1 de julio hasta el 30 de diciembre de 2025 a través del sistema informático "Mis Facilidades" con Clave Fiscal. Cabe mencionar que no podrán adherirse condenados por delitos tributarios, aduaneros o conexos, ni personas jurídicas cuyos directivos hayan recibido condenas por estas transgresiones de la ley. Asimismo, quedan excluidos los responsables solidarios y garantes de obligaciones impositivas y aduaneras. En cuanto a las obligaciones excluidas del régimen, se encuentran las retenciones y percepciones previsionales, anticipos y pagos a cuenta, impuestos al valor agregado por servicios digitales y del exterior, aportes y contribuciones a obras sociales, entre otros casos específicos detallados en la normativa correspondiente.
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