Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Reconocen valor de mejoras y actualizan base de honorarios según el dólar MEP

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 09/06/2025 05:06

    La Cámara 8ª Civil y Comercial de Córdoba admitió la apelación de un letrado y ordenó que la base económica para el cálculo de los honorarios incluya no solo el valor de los lotes objeto de litigio, sino también las mejoras existentes en uno de ellos, una vivienda, y que dicho valor se actualice al momento de la regulación considerando el dólar MEP La decisión fue adoptada por los vocales Gabriela Eslava y Héctor Hugo Liendo, quienes acogieron la apelación presentada por el letrado recurrente y revocaron parcialmente la resolución de la jueza de primera instancia. El letrado había cuestionado que la regulación de honorarios efectuada resultaba demasiado baja, afectando sus derechos constitucionales a una retribución justa y un trato digno profesional. La jueza de primera instancia había considerado que la base económica debía limitarse al valor de los lotes baldíos reivindicados, excluyendo la vivienda construida en uno de los terrenos. Sin embargo, la alzada sostuvo que “la casa construida en uno de los lotes forma parte del mismo no solo por ser una construcción adherida físicamente al inmueble formando un todo inseparable con el suelo, sino también por su carácter de permanente”, destacando así la necesidad de incluir el valor de la vivienda en la base regulatoria de los honorarios. El tribunal explicó que si bien el objeto del proceso principal era la reivindicación de dos lotes de terreno baldíos, no podía desconocerse que uno de ellos contaba con una vivienda que, por su naturaleza y forma de adhesión al suelo, constituía un todo indivisible con el lote. Así, se indicó que “al hablar de una construcción, en este caso una casa, la misma no puede ser separada del inmueble sin que su esencia se destruya o modifique”, concluyendo que la vivienda debía considerarse parte integrante del inmueble en cuestión. En este sentido, la cámara entendió que la vivienda, como construcción permanente y adherida al terreno, debía formar parte del objeto litigioso a los efectos de fijar la base económica para el cálculo de los honorarios profesionales del letrado recurrente. Análisis

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por