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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 07/06/2025 12:46
Textileros de la etnia Salasaca. (Ministerio de Turismo) En 2017, el fotógrafo ecuatoriano Saúl Endara denunció que la casa de moda española Loewe había utilizado, sin reconocimiento, gráficos similares a los textiles otavaleños en una de sus colecciones. Las imágenes —mujeres indígenas de espaldas, envueltas en mantas tradicionales— aparecieron en pasarelas internacionales convertidas en estampados de lujo, sin que mediara ningún crédito ni consentimiento de las comunidades andinas. Este caso no fue aislado: reveló una práctica frecuente en la industria global de la moda, donde lo ancestral se transforma en tendencia sin respetar su origen. Ecuador, cuna de una de las tradiciones textiles más ricas del continente, enfrenta un vacío legal que impide a sus pueblos indígenas proteger sus diseños, símbolos y técnicas frente al uso comercial indebido. Aunque la Constitución reconoce la propiedad colectiva sobre los conocimientos ancestrales, en la práctica no existen mecanismos efectivos que garanticen su aplicación. Así, el auge de la moda con identidad cultural convive con un riesgo silencioso: que lo comunitario se vuelva mercancía sin rostro. La moda indígena ecuatoriana despierta interés global por su carácter auténtico y su historia colectiva. Para la periodista de moda, comunicadora estratega, locutora de radio y docente de la Universidad Hemisferios, Nicole Cueva, lo singular de estas prendas radica en que llevan “un lenguaje” propio: sus tejidos, colores y símbolos “comunican mucho esa identidad” cultural de las comunidades originaria. Izquierda: Bolso de la colección Primavera-Verano 2018 de Loewe. Derecha: Bolsos realizados por artesanos ecuatorianos. (Marcelo Jaramillo Cisneros/Sasha Santamaría) En cada bordado o tejido hecho a mano, explica Cueva, no solo hay un diseño estético sino “un conjunto de narrativas” que reflejan el estilo de vida indígena y la vida en comunidad. Además, destaca el valor del trabajo manual: “Mucho valor, mucho amor y sobre todo conciencia a lo que es hecho a mano, a las horas de tejidos, a la rigurosidad que tiene el trabajo”. Ese arraigo con técnicas ancestrales y el sentido de pertenencia les otorga un potencial competitivo en los mercados internacionales, pero también las convierte en blanco de apropiación indebida. Sin embargo, a este auge cultural se contrapone un peligro latente: la apropiación cultural. La experta advierte que no es inusual que grandes marcas de moda utilicen patrones y símbolos indígenas sin permiso. “Hay casos de marcas súper grandes en el mundo que fueron denunciadas… que utilizaron los símbolos, los tribales. Entonces, no se deben copiar patrones, no se deben copiar símbolos, no se deben copiar técnicas sin consentimiento de quienes son dueños de esa identidad cultural”. Estos incidentes, como los muy mediáticos en México con empresas extranjeras, han sensibilizado el tema en la región. Nicole Cueva, periodista de moda, comunicadora estratega, locutora de radio y docente universitaria. (Cortesía) Para evitar ese “saqueo cultural”, Cueva insiste en que las marcas colaboren con las comunidades: “Si tú pides una autorización, pides un permiso, haces una colaboración… es distinto a que te apropies de algo que no es tuyo”. Además, subraya que se debe dar crédito claro a los pueblos originarios: “Como nosotros los periodistas utilizamos una fuente y damos crédito… se debe dar ese reconocimiento a los pueblos, a las comunidades, a los artesanos… a los cocreadores”. En su visión, esta ética de respeto debería difundirse más allá del mundo de la moda, hasta volverse conocimiento de “uso colectivo” y alimentar un mensaje social más amplio. Vacíos legales en Ecuador En contraste con la creciente demanda, el marco jurídico ecuatoriano aún no garantiza la protección de estas expresiones culturales. Como señala la abogada Carolina Castillo, especializada en derecho de la moda, “sin duda existen vacíos legales” en el país. Aunque la Constitución de 2008 reconoce los derechos colectivos de los pueblos indígenas y ampara sus conocimientos ancestrales, explica Castillo, las leyes de propiedad intelectual vigentes están fragmentadas y no contemplan un régimen especial efectivo. Las creaciones textiles tradicionales quedan mal resguardadas porque no encajan en figuras como el diseño industrial (que exige novedad) o el derecho de autor individual, según señala Castillo. Abrigo de Dries Van Noten, colección Otoño-Invierno 2017-2018, con patrones andinos similares a los bordados ecuatorianos. (Sasha Santamaria) El Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos (COESC+I) de 2016 llegó a reconocer los conocimientos ancestrales como patrimonio colectivo, pero, en palabras de Castillo, “la norma se paraliza en el reconocimiento legal… no establece su implementación práctica”, por lo que resulta ineficaz. Tampoco existe hoy un registro que impida que terceros registren marcas o patentes sobre símbolos indígenas ya en uso. En la práctica, las comunidades tienen solo opciones limitadas: podrían registrar diseños industriales (poco útiles para patrones repetidos generacionalmente) o crear marcas colectivas o certificaciones de origen para avalar la autenticidad de sus productos. Un ejemplo de protección parcial es la certificación de origen. Castillo menciona el caso del sombrero de paja toquilla de Montecristi, que cuenta con sello de origen geográfico y fue declarado Patrimonio Cultural de la Humanidad en 2012. Este tipo de certificado garantiza la región y técnica de fabricación, pero no evita por completo la copia del diseño. En general, Castillo coincide en que hace falta “incorporar al marco de propiedad intelectual elementos colectivos y no individualizables, transgeneracionales y sin autor único ni fecha de creación, funcionales y simbólicos, más que meramente decorativos” que reconozca la titularidad comunitaria de los diseños y establezca un registro tanto positivo (lo propio) como negativo (lo prohibido). Modelos internacionales de protección Mientras Ecuador debate su reforma legal, otros países ya avanzaron en esta materia. Panamá, cita Castillo como ejemplo, fue pionero en Latinoamérica: cuenta con un sistema jurídico sui generis que reconoce los derechos colectivos sobre conocimientos tradicionales e incluye un registro de expresiones culturales (diseños, símbolos, danzas, trajes típicos, etc.). Dicho registro exige autorización obligatoria para cualquier uso comercial por terceros, protegiendo de modo colectivo las expresiones de cada comunidad. La abogada especializada en derecho de la moda, Carolina Castillo. (Cortesía) En Perú, indica la abogada, existe también una regulación sólida: define claramente el “conocimiento colectivo”, mantiene registros tanto nacionales como comunitarios, e impone el requisito de consentimiento libre, previo e informado para cualquier acceso o uso de esos conocimientos. México cuenta con la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, que prohíbe cualquier acto que afecte la integridad del patrimonio cultural indígena y reconoce a esas comunidades como sujetos de derecho público . Además, les permite denunciar la apropiación indebida y estipula que los beneficios económicos derivados de usos autorizados deben retribuirse a las comunidades involucradas. Incluso India, explica Castillo, aporta ideas valiosas: ha creado un registro negativo de conocimientos tradicionales para evitar que terceros patenticen saberes ancestrales (medicina ayurvédica, textiles, yoga, etc.): “No otorga derechos exclusivos, pero impide que terceros registren patentes sobre conocimientos tradicionales indios (como Ayurveda, Unani, yoga, textiles, etc.). Podrían ser estos elementos referenciales o inspiracionales para el Ecuador”, indica la abogada. Hacia un marco legal propio Vista de diseños indígenas ecuatorianos en la Plaza de Ponchos de Otavalo. (Fotografía de Claudia Jaramillo Arévalo, tomada del artículo ¿Post-identidad? Dinámicas de unos cuerpos globalizados/ LAMURAD) Como resume Castillo, lo que falta es desarrollar “un registro en sentido –negativo– digital de expresiones culturales y conocimientos ancestrales, para prevenir su apropiación… que le dé fuerza al reconocimiento ya previsto”. En otras palabras, es necesario avanzar de lo declarativo a lo práctico con un sistema sui generis que blinde la titularidad comunitaria. Cueva, por su parte, aboga por políticas públicas complementarias: “necesitamos apoyos, un ganar-ganar mutuo” que fomente el consumo local y bonifique a quienes usan diseños indígenas. El desafío –coinciden las expertas– es crear puentes legales que vinculen el floreciente interés internacional con la justicia cultural. Sin reformar la legislación y sin mecanismos claros de registro, el auge de las tendencias basadas en textiles ancestrales puede convertir el acervo colectivo en una “mercancía sin rostro”, donde la verdadera autoría queda ignorada.
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