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» Derf
Fecha: 06/06/2025 22:07
La medida establece que a partir de ahora, toda empresa que pretenda acceder al mercado podrá acreditar la capacidad económica y financiera para operar servicios de transporte aerocomercial y servicios de atención en tierra a aeronaves, mediante la presentación de una «Declaración Jurada de Capacidad Económica – Financiera» suscripta por el interesado. Desde el Gobierno sostuvieron que «antes de esta norma, para poder cumplimentar con la documentación exigida por el Estado para poder operar, las empresas debían sortear una burocracia excesiva ante las áreas administrativas, presentando decenas de formularios irrelevantes». La decisión acompaña la derogación de la Resolución 1025/16 que exigía «una extensa cantidad de documentación a ser confeccionada por las compañías aéreas como así también de recursos que debían destinar obligatoriamente a la producción y organización de dichos documentos». En el caso de las autorizaciones que se otorgan para los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general, el texto oficial detalló que «no existen antecedentes normativos que establezcan con precisión el proceso ni la documentación requerida para que los solicitantes demuestren su capacidad económica y financiera». En este marco, el gobierno libertario aclaró que «la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), como autoridad de aplicación técnica, seguirá vigilando todos los aspectos relativos a la situación económica financiera de las empresas aerocomerciales y a la seguridad operacional del sistema». Disposición 16/2025:
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