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» Santo Tome al dia
Fecha: 04/06/2025 20:23
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible la impugnación presentada por la defensa de Marcelo Martín Bailaque en el marco del expediente FRO 15287/2024/26 y confirmó la prisión preventiva del magistrado en la modalidad de arresto domiciliario. La decisión, tomada en una audiencia celebrada hoy, fue adoptada por unanimidad por los jueces Carlos Mahiques (presidente), Juan Carlos Gemignani (vicepresidente) y Diego Barroetaveña (vocal). También participaron los doctores Claudio Puccinelli y Alejandro Parolo en representación de Bailaque, y el Fiscal General Subrogante Raúl Omar Pleé por el Ministerio Público Fiscal. El juez Mahiques explicó que las resoluciones del tribunal a quo no son susceptibles de revisión por Casación, salvo que involucren una cuestión federal o una presunta arbitrariedad, citando los precedentes "Di Nunzio, Beatriz Herminia" y "Ruiz, Roque y otro". La defensa, según el magistrado, se limitó a invocar defectos de fundamentación basados en discrepancias interpretativas, sin demostrar la existencia de arbitrariedad ni violación de garantías constitucionales. También destacó que el derecho al doble conforme ya había sido satisfecho. Actualmente, Bailaque enfrenta tres causas penales por extorsión y vinculaciones con el narcotráfico. Se lo acusa de armar causas falsas contra empresarios para extorsionarlos por sumas cercanas a los 200 mil dólares, de mantener vínculos con el capo narco Esteban Lindor Alvarado —a quien habría favorecido demorando investigaciones— y de maniobras irregulares en el manejo de fondos de la cooperativa portuaria de San Lorenzo y Puerto San Martín. Si bien la prisión preventiva fue confirmada, Bailaque continúa en libertad debido a los fueros que posee como juez federal. Su situación podría cambiar si el Consejo de la Magistratura avanza con el proceso de juicio político que podría derivar en su destitución. El próximo 17 de junio, Bailaque deberá presentarse ante la Comisión de Acusación del Consejo para realizar su descargo. De ser suspendido, podría perder los fueros que actualmente lo protegen y, en consecuencia, el arresto domiciliario se haría efectivo. Tras una audiencia de treinta y ocho minutos, las partes fueron notificadas en el acto.
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