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» Rafaela Noticias
Fecha: 03/06/2025 17:01
Junio para las empleadas domesticas y las niñeras: sueldos y aguinaldos Salarios por hora en junio para empleadas domésticas Los montos por hora que perciben las empleadas domésticas varían según la categoría y el tipo de contrato, ya sea con retiro o sin retiro del hogar. En junio, estos valores se mantienen iguales a los meses anteriores, ya que no hubo nuevas negociaciones paritarias por parte de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP). Supervisor/a: Con retiro: $3.454 por hora / $430.878 mensuales Sin retiro: $3.783 por hora / $479.950 mensuales Personal de tareas específicas: Con retiro: $3.270 por hora / $400.310 mensuales Sin retiro: $3.585 por hora / $445.613 mensuales Caseros: $3.089 por hora / $390.567 mensuales Asistencia y cuidado de personas: Con retiro: $3.089 por hora / $390.567 mensuales Sin retiro: $3.454 por hora / $435.246 mensuales Personal para tareas generales: Con retiro: $2.863 por hora / $351.223 mensuales Sin retiro: $3.089 por hora / $390.567 mensuales Aguinaldo: cuándo y cómo se paga El Sueldo Anual Complementario se abona dos veces al año, en junio y diciembre. Para recibirlo, las trabajadoras deben estar registradas en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). El aguinaldo se calcula tomando la mejor remuneración bruta del semestre y dividiéndola en dos. En caso de ausencias injustificadas, el pago se ajusta proporcionalmente. También se consideran para el cálculo las horas extras, comisiones o plus salariales percibidos. Si la trabajadora no completó seis meses de trabajo en el período, el aguinaldo se calcula proporcionalmente a los meses trabajados. Por ejemplo, una persona que comenzó a trabajar en marzo cobrará un aguinaldo correspondiente a cuatro meses. Excepciones y fechas clave Las licencias por maternidad no generan derecho al aguinaldo, ya que durante ese tiempo la prestación está a cargo del Estado a través de la ANSES y no se considera servicio efectivo. Según la legislación vigente, la primera cuota del aguinaldo debe pagarse a más tardar el 30 de junio de 2025, con un margen legal de hasta cuatro días hábiles posteriores, es decir, hasta el 4 de julio de 2025.
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