Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Rentas: el crédito fiscal por honorarios regulados ahora es transferible

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 02/06/2025 18:28

    La Dirección General de Rentas (DGR) de Córdoba dictó la resolución normativa N° 22, mediante la cual introduce cambios para los abogados con matrícula en ejercicio que actúan como asesores letrados ad hoc. La principal novedad, con vigencia a partir del 1° de mayo de 2025, es la posibilidad de transferir el crédito fiscal por honorarios profesionales regulados en causas donde el condenado en costas sea insolvente. Esta modificación se basa en la reciente Ley N° 11.042, que reformó el Artículo 25 de la Código Arancelario para Abogados y Procuradores. Anteriormente, este crédito fiscal solo podía ser utilizado para compensar deudas del propio abogado con la DGR. Ahora, la reglamentación amplía las opciones, permitiendo que el crédito sea cedido a terceros. Procedimiento Los abogados que actúen como asesores letrados ad hoc y a quienes se les hayan regulado honorarios profesionales en causas con condenados insolventes, podrán solicitar la compensación de su crédito fiscal con impuestos provinciales como el Inmobiliario, a la Propiedad Automotor, a las Embarcaciones y/o sobre los Ingresos Brutos. Para ello, deberán ingresar con clave a la página web de la DGR y acreditar su condición de abogado matriculado en ejercicio (no procurador de la Provincia) y presentar copia certificada de la sentencia que reconoce los honorarios como crédito fiscal. La nueva resolución también incorpora la transferencia de este crédito fiscal. Esto significa que el abogado podrá ceder su crédito a otra persona o entidad, siguiendo un procedimiento similar al de la compensación, a través de la plataforma online de la DGR. Es importante destacar que si el monto de los honorarios excede las deudas fiscales compensables, el saldo restante será reconocido por resolución para futuras compensaciones, pero en ningún caso procederá su devolución en efectivo. Por el contrario, si los honorarios no son suficientes para cubrir la deuda, se compensará hasta el monto disponible y el saldo restante generará recargos desde su vencimiento. Esta medida representa un avance significativo para los profesionales del derecho, brindándoles mayor flexibilidad en la gestión de sus créditos fiscales derivados de la actuación como asesores letrados ad hoc.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por