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Concordia » El Heraldo
Fecha: 31/05/2025 00:12
"Esta decisión, que remite al artículo 48, inciso 10, de la Constitución Provincial ya fue objeto de debate y rechazo en 2006", recuerdan en una declaración. Tras señalar que la Constitución de la provincia de Misiones fue sancionada en 1958, detallan que, en los últimos 20 años, los efectivos de las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales pudieron siempre sufragar sin problemas en virtud de una acordada del Superior Tribunal de Justicia que data de 2006". "Este derecho es una expresión fundamental de la soberanía popular y un pilar de nuestra democracia y no distingue entre ciudadanos según su ocupación o función, y su aplicación debe ser universal y sin restricciones arbitrarias", subrayan. "Negar este derecho a quienes, con vocación de servicio, garantizan la seguridad y el orden en nuestra sociedad contradice principios constitucionales esenciales", advierten. (AICA)
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