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Parana » AIM Digital
Fecha: 30/05/2025 05:16
El máximo tribunal también se refirió a la situación procesal de Cristina Kirchner, quien no formó parte del juicio en esta causa. Su situación continúa siendo evaluada en instrucción, luego de que la fiscalía y el juez Sebastián Casanello firmaran su sobreseimiento, lo que fue cuestionado por una ONG querellante. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a diez años de prisión del empresario Lázaro Báez, junto a sus hijos varones, empresarios y allegados, en la causa conocida como “ruta del dinero k”, por haber armado una estructura jurídica, bancaria y financiera para lavar más de 55 millones de dólares entre 2010 y 2013 que provenían de facturación ilegal. El fallo que validó las condenas fue firmado por los ministros de la Corte Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Mariano Lozano -juez de la Cámara Federal de General Roca- y Luis Ramón González -juez de la Cámara Federal de Corrientes-, quienes habían sido convocados por sorteo a intervenir. Los cuatro magistrados entendieron que el planteo de las defensas era “inadmisible” por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. El ministro Carlos Rosenkrantz, en tanto, opinó en minoría por darle intervención a la Procuración General de la Nación para que dictaminara sobre los argumentos de las defensas. La situación procesal de Cristina Kirchner en la Ruta del dinero K El máximo tribunal también rechazó, sin disidencias, una serie de recursos de la ex presidenta Cristina Kirchner contra la investigación que se reabrió en su contra y los jueces que intervinieron, por entender que no se dirigían contra una sentencia definitiva o equiparable a tal. La ex jefa de Estado no formó parte del juicio en esta causa y su situación continúa siendo evaluada en instrucción, luego de que la fiscalía y el juez Sebastián Casanello firmaran su sobreseimiento y la decisión fuera cuestionada por una ONG que consiguió convertirse en querellante. En instrucción, siguió tramitando la acusación contra Cristina Kirchner, señalada por su vinculación en esas maniobras de lavado. “No tuve que ver con estas maniobras, ni directa ni indirectamente”, dijo la ex presidenta cuando fue llamada a indagatoria. El juez Sebastián Casanello dictó su falta de mérito, confirmada en marzo de 2019 por la Cámara Federal, que -no obstante- ordenó una serie de medidas a profundizar. En 2022, la defensa de Kirchner pidió su sobreseimiento, pero retiró el planteo ante lo que avizoraba iba a ser una respuesta negativa de la Cámara Federal. El 24 de mayo del 2023, el fiscal Guillermo Marijuan sostuvo: “No tengo duda alguna de la estrecha y directa relación personal entre Cristina Elisabet Fernández y Lázaro Antonio Báez”. Habló de “entrañable cercanía, vínculo y amistad” con el matrimonio presidencial, pero afirmó que eso no le alcanzaba para avanzar en el proceso, sobre todo tras el fallo de Casación, y promovió su sobreseimiento. El juez hizo lugar al pedido. Pero tras el dictamen de Marijuan, la asociación civil Bases Republicanas buscó ser parte de la causa. Casanello rechazó el pedido porque la causa tenía más de diez años de trámite y sólo buscaba invalidar la posición del Ministerio Público, pero la Cámara Federal, por dos a uno, aceptó a esa entidad en el expediente y luego revocó el sobreseimiento de la ex presidenta. La decisión fue ratificada en Casación. La defensa de Cristina Kirchner llegó en queja a la Corte Suprema con planteos contra los rechazos a las recusaciones de los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Gustavo Hornos; y a la resolución que tuvo como querellante a la asociación civil y la revocación de su sobreseimiento. Hoy se desestimaron las presentaciones porque no se dirigían contra una sentencia definitiva o equiparable a tal. Qué va a pasar con los acusados Con la decisión de la Corte en la causa principal, agotadas así las vías recursivas, el Tribunal Oral Federal 4 deberá computar la pena para aquellos que ya estuvieron un tiempo en prisión y evaluar si deben volver a ser arrestados; ordenar detenciones para quienes permanecieron durante el proceso en libertad y recibieron una pena superior a los tres años, previo análisis de sus cuadros de salud; y disponer las pautas de cumplimiento de la sentencia para aquellos cuya pena quedó en suspenso.
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