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» Misionesopina
Fecha: 29/05/2025 19:26
Luego de que el Gobierno nacional comunicara una reforma migratoria, la nueva normativa entró en vigencia esta madrugada tras su publicación en el Boletín Oficial. Aunque el foco estuvo puesto en el régimen de ingreso, permanencia y deportación de extranjeros, se añadieron una serie de modificaciones en lo relacionado con el acceso a la salud y la educación pública. La medida que vio la luz en forma de decreto -N° 366/2025-, se trató de la materialización del objetivo planteado por el presidente Javier Milei durante el discurso que brindó en la Apertura de Sesiones del Congreso de la Nación. “Si queremos ser un país serio, también debemos llevar a cabo una reforma migratoria”, sostuvo el mandatario en esa oportunidad. Mientras que el acceso a los servicios sociales, bienes públicos, educación, justicia, trabajo, empleo y seguridad social seguirán vigentes para todos los inmigrantes, las autoridades establecieron ciertas restricciones, según la categoría que posea la persona. Es decir, si la misma cuenta con residencia permanente, temporaria o tranistoria en el país. Educación en los distintos niveles En el caso de los extranjeros con residencia temporaria, se determinó que podrán acceder a la educación inicial, primaria y secundaria, ya sea en una institución pública o privada, sin ningún inconveniente. Incluso, si la condición migratoria fuera catalogada como irregular. Sin embargo, la situación será diferente para los que aspiren a ingresar al sistema de educación superior, ya que se habilitó a las instituciones estatales a cobrar una retribución por los servicios de educación. Asimismo, se aclaró que también contarán con la posibilidad de acceder a becas que fueran ofrecidas por casas de altos estudios nacionales, otros estados y organismos nacionales e internacionales. Salud pública Otra de las aristas de la reforma recayó en el acceso a la salud pública, debido a que pasará a ser una exigencia para los residentes temporales contar con un seguro de salud. De hecho, el no poseer un servicio de esta índole contratado también será considerado como un motivo para impedir el ingreso al país. “En casos de emergencia, no podrá negársele ni restringírsele el acceso a la asistencia social o a la atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria”, dictaminaron en el nuevo artículo 8 de la Ley de Migraciones N° 25.871, tras remarcar que la medida afectará exclusivamente a los tratamientos médicos y la atención sanitaria de consulta. Condiciones para naturalizarse argentino Por otro lado, la legislación también brindó nuevas condiciones para los extranjeros que desearan ser naturalizados argentinos. En este sentido, las personas mayores de 18 años que hubieran permanecido en el país por un mínimo de dos años seguidos sean elegibles. Para esto, deberán acreditar su residencia y hacer manifiesta su voluntad ante la Dirección Nacional de Migraciones. Incluso, los migrantes que hubieran realizado una inversión relevante en el país también podrán acceder a la naturalización. Según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Ciudadanía N° 346, no se tendrá en cuenta el tiempo de residencia, pero la inversión será analizada por el Ministerio de Economía, organismo que tendrá la potestad de determinar si fue “relevante” para la economía nacional. Los nuevos requisitos de ingreso para extranjeros De acuerdo con la reforma migratoria, los extranjeros solamente estarán habilitados a ingresar por las fronteras oficiales, ya sea por medios terrestres, fluviales, marítimos o aéreos, pero deberán presentar una declaración jurada que explicite los motivos por los que llegan al país y un seguro de salud contratado. Además, se determinó la prohibición de ingreso para quienes hubieran cometido un delito doloso contra la vida, la integridad sexual, los poderes públicos o el orden constitucional.
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