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  • Rechazaron la domiciliaria a uno de los condenados por la muerte de Matías Chirino

    » Radiosudamericana

    Fecha: 29/05/2025 19:23

    Jueves 29 de Mayo de 2025 - Actualizada a las: 17:48hs. del 29-05-2025 JUDICIALES DE CORRIENTES El Tribunal Oral Federal de Corrientes denegó el beneficio solicitado por Rubén Darío Ruiz, ex militar condenado por abandono de persona y abuso de autoridad. El joven soldado falleció en 2022 tras un rito de iniciación en un cuartel de Paso de los Libres. El Tribunal Oral Federal de Corrientes rechazó el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa de Rubén Darío Ruiz, uno de los nueve militares condenados por la muerte del soldado Matías Chirino. El exoficial había sido sentenciado a ocho años de prisión por su participación en el rito de iniciación que provocó el fallecimiento del joven en junio de 2022, en el Casino de Oficiales del Grupo de Artillería de Monte 3, ubicado en Paso de los Libres. Ruiz, quien al momento de los hechos era uno de los capitanes a cargo de la dependencia militar, fue hallado culpable el 21 de noviembre de 2024 como coautor de los delitos de abandono de persona en concurso con abuso de autoridad. La defensa solicitó el beneficio de la prisión domiciliaria en marzo de este año, luego de que se habilitara una instancia de revisión de las penas impuestas. En el pedido, los abogados argumentaron que Ruiz ya no forma parte del Ejército Argentino desde su baja en 2023, y que no existía riesgo de entorpecimiento del proceso. “Resulta imposible que dicho factor pueda dar lugar al entorpecimiento del proceso”, afirmaron en el escrito difundido por el medio local Diario Época. También destacaron que Ruiz “ha concurrido a estar a derecho siempre que fue requerido” y señalaron su situación familiar: convive con su esposa y tres hijos menores de edad en la localidad salteña de Tartagal. A pesar de estos argumentos, el tribunal resolvió mantener la prisión efectiva, dado que las condenas dictadas aún no están firmes y podrían incluso ser agravadas. La resolución del tribunal señaló que “en la medida en que la queja deducida reúne los requisitos de admisibilidad y fundamentación previstos en los arts. 456, 463 y 477 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), corresponde proceder a la apertura de la instancia casatoria y habilitar el conocimiento de esta Sala”. Firmaron el fallo los jueces Diego Gustavo Barroetaveña, Juan Carlos Gemignani y Carlos Alberto Mahiques, junto a la secretaria Lucía del Pilar Raposeiras. La revisión de las penas fue solicitada por la querella y la fiscalía tras la finalización del juicio, quienes cuestionaron que no se hubiera considerado el delito de homicidio con dolo eventual. “Para nosotros fue salvaje y bestial lo que tuvo que soportar Matías Chirino. Por eso pedimos 21 años de prisión”, sostuvo el abogado querellante Claudio Orosz. El fiscal Carlos Schaefer, por su parte, había solicitado 20 años para los coautores. La causa se centró en los hechos ocurridos la madrugada del 19 de junio de 2022, cuando Chirino y otros soldados novatos fueron sometidos a un bautismo informal. Según la reconstrucción de la Fiscalía, fueron obligados a consumir alcohol en exceso y luego arrojados a una pileta con agua helada. Chirino se descompensó tras pasar horas recostado en una colchoneta sin recibir atención médica. La primera alerta médica fue registrada recién a las 06:09. La autopsia determinó que la causa de muerte fue una broncoaspiración, producto de haber vomitado en estado de inconsciencia. El test de alcoholemia reveló que Chirino tenía 1,45 gramos de alcohol por litro de sangre. El tribunal concluyó que los oficiales a cargo lo abandonaron y no le brindaron la asistencia necesaria, y que su muerte fue consecuencia de “los maltratos que le dispensaron prevaliéndose de la autoridad que tenían sobre él”, lo cual configuró el agravante de abuso de autoridad.

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