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  • El STJ debe resolver si habilita a las fuerzas de seguridad a votar

    » Elterritorio

    Fecha: 28/05/2025 08:13

    El gobernador le dio intervención al fiscal de Estado. Ahora está en manos de los jueces, que decidirían esta semana miércoles 28 de mayo de 2025 | 6:30hs. El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones deberá decidir en las próximas horas si habilita el sufragio a las fuerzas de seguridad. De esta manera los jueces del STJ deberán resolver la presentación realizada en ese sentido por la Fiscalía del Estado, tal como instruyó el gobernador Hugo Passalacqua y en un planteo realizado por el Frente Renovador de la Concordia. De esta manera, la cuestión -de fuerte repercusión pública- podría tener un giro importante y permitir que voten el 8 de junio-como lo venían haciendo hasta ahora- los integrantes de las fuerzas de seguridad que habían sido tachados del padrón electoral por decisión del Tribunal Electoral. De lo que pudo saber El Territorio ya está en manos de los jueces del STJ la citada presentación, ya que el procurador Carlos Giménez realizó un control de legalidad sobre la decisión del Tribunal Electoral que había ratificado su postura, aunque ahora quedará en manos del STJ la resolución. Tras la revisión, el procurador consideró que “dicha restricción atenta directamente contra los principios democráticos, igualdad ante la ley, resulta desproporcionada en cuanto al interés tenido en miras al momento de dictarse la norma”. Y en contrasentido sostiene que “la inclusión de los ciudadanos hoy excluidos del Padrón Electoral resulta necesaria en la progresiva igualación y universalización del derecho a la participación política”. Para el procurador, “la cuestión que aquí se encuentra en juego, trasciende los intereses de los partidos políticos ya que desestabiliza la esencia misma de las instituciones democráticas”. Y por ello, y en busca de “velar por la protección al ejercicio de un derecho fundamental del pueblo Misionero, y la efectiva supremacía del Bloque de Constitucionalidad de conformidad a lo normado en los artículos 31 y 75 inciso 22, de la Carta Magna”, es que pidió que se declarara la inconstitucionalidad o inaplicabilidad del inciso 10 del artículo 48 de la Constitución de Misiones. Se espera que antes del fin de semana el Tribunal Superior de Justicia emita una resolución al tema. Repercusiones El tema generó mucho debate en Misiones, del que participó, por ejemplo, el Obispado de Oberá al recordar que la Constitución de Misiones fue sancionada en 1958; sin embargo, resalta que “en los últimos 20 años las fuerzas de seguridad han podido votar sin problemas debido a la virtud acordada del Tribunal Superior de Justicia que data del 2006”. Ante los antecedentes jurídicos se podría permitir finalmente el voto en estas elecciones de las fuerzas de seguridad, como también lo pidieron desde las cámaras de comercio y de la Amayadap, entre otras. El Tribunal Electoral de la Provincia de Misiones rechazó los recursos de revocatoria y apelación interpuestos por distintos partidos. A su vez, el Ministerio de Seguridad Nacional adelantó la decisión de presentarse ante la Justicia para pedir una acción de inconstitucionalidad contra el inciso 10 del artículo 48 de la Constitución. De esta manera, la Nación adelantó la decisión de presentarse en defensa de los intereses de gendarmes, prefecturianos, policías federales y aeroportuarios que tienen domicilio en Misiones, y que por la decisión del Tribunal Electoral provincial se les impide sufragar.

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