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Colon » El Entre Rios
Fecha: 24/05/2025 07:30
Atención Esta imágen puede herir su sensibilidad Ver foto Compartir imágen Atención Esta imágen puede herir su sensibilidad Ver foto Compartir imágen Atención Esta imágen puede herir su sensibilidad Ver foto Compartir imágen Atención Esta imágen puede herir su sensibilidad Ver foto Compartir imágen El dictamen del área legal no avaló la eximición La “solución” aprobada por mayoría compensar el perjuicio ocasionado a raíz de la intervención realizada en el inmueble de calle Carriego 76 carácter excepcional de la presente medida El rechazo opositor. Intentan “remediar el daño consumado, como si nada hubiera pasado” Una multa de semejante porcentaje (660) sobre la Tasa General Inmobiliaria para quienes han construido incumpliendo obligaciones legales un moderno edificio en Concordia no parece cosa menor. Tampoco es asunto que pueda minimizarse que el Concejo Deliberante, a pedido del Ejecutivo y con el voto de JxER y LLA, haya aprobado en su última sesión algo así como una “eximición” del recargo.Según se desprende del texto del despacho leído en el recinto, la fórmula acordada para conceder tal “perdón” pasa por una “compensación del perjuicio” propuesta por la empresa multada, Centená SRL, a través de su apoderado, el contador Jorge Osvaldo Viglietti, y el arquitecto interviniente, José Luis Fernández.Para entender esta historia hay que remitirse a la Resolución 7599 del 27 de noviembre de 2024, cuando los desarrolladores inmobiliarios que levantaron el edificio CANTENÁ sobre calle Carriego de Concordia fueron multados por la actual gestión municipal con ese 660% sobre la Tasa General Inmobiliaria.Los incumplimientos detectados se centraban principalmente en la intervención ilegal de la fachada de una vivienda protegida por la Ordenanza 29.789, con Nivel de Protección 2, según el Catálogo de Patrimonio de Concordia.A su vez, según reveló el periodista Federico Odorisio, también fue violado el Factor de Ocupación Total (FOT), un parámetro técnico que regula cuánta superficie construida se admite por la superficie del terreno.El expediente que inicialmente había habilitado el proyecto del edifico incluyó dictámenes de la Comisión de Patrimonio que habían dejado en claro la imperiosa necesidad de mantener parte de la fachada histórica. Pero los desarrolladores avanzaron sin respetar las indicaciones.Las demoliciones se habrían iniciado sin autorización ni actualización de planos, esgrimiendo a modo de excusa que la Cooperativa Eléctrica necesitaba un lugar para la instalación de un transformador.Con el edificio terminado y ante la imposibilidad de obtener el Final de Obra, la empresa y el arquitecto solicitaron al municipio la eximición de la multa a cambio de una ampliación del proyecto original mediante la compra del lote lindero en Carriego 66, que se trata también de un inmueble que está incluido en el patrimonio protegido de la ciudad. Esta operación fue propuesta como el “remedio” para subsanar el exceso de metros construidos, incorporando una propiedad que no formaba parte del proyecto aprobado inicialmente.Desde la Asesoría Legal de la municipalidad se pronunciaron en contra de conceder la eximición, considerando a las justificaciones empresariales como «extemporáneas» y recordando que las sanciones responden a «infracciones concretas y verificadas».Pero la historia tuvo un giro el jueves último en el Concejo Deliberante, cuando fue votado un despacho del Ejecutivo Municipal que acepta la propuesta de los desarrolladores inmobiliarios responsables del edificio.El despacho, que fue respaldado por los concejales de Juntos por Entre Ríos y de la Libertad Avanza y rechazado por el bloque peronista, dice:Desde las redes sociales, la Concejal Carolina Amiano, del peronismo, fundamentó la oposición a la iniciativa, calificando como un “parche” a la “compensación” ofrecida por los empresarios, y aceptada por el municipio, para zafar de la multa de 660%.“Desde el Bloque del Partido Justicialista no acompañamos el expediente N.° 28.586, que habilita al Ejecutivo a tomar medidas para "compensar" intervenciones ilegales en un inmueble patrimonial. En este caso, se intervino sin autorización la fachada de una vivienda de Calle Carriego N°76 protegida por ordenanza, y se violó el FOT, un parámetro clave que regula cuánto se puede construir según el tamaño del terreno.Ahora, los desarrolladores piden eximirse de la multa e incorporar un inmueble lindero -y también histórico- al proyecto original a modo de subsanar la transgresión, intentando remediar el daño consumado, como si nada hubiera pasado. No avalamos excepciones para quienes construyen al margen de la ley y después buscan acomodarse con "parches”.“Las normas están para cumplirse. No se negocia el orden urbano, la legalidad ni el patrimonio de nuestra ciudad. Estas prácticas afectan a los vecinos, a los profesionales que sí respetan las reglas y a la planificación de una Concordia más justa y ordenada”, concluye el mensaje de Amiano.
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