Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Aumentos en PREPAGAS y OBRAS SOCIALES: Gobierno controla subas por inflación en junio

    » Misioneslider

    Fecha: 22/05/2025 21:37

    La reciente resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud ha marcado un antes y un después en la transparencia de las subas en el sector de las empresas prepagas y las obras sociales con planes superadores. Esta medida obliga a las compañías a presentar sus planes de actualización antes de comunicarlos a los afiliados, lo que ha tenido efectos positivos al momento de transparentar los aumentos y garantizar que no superen el índice inflacionario. La resolución 645/2025 establece que las empresas de salud deben comunicar a la Superintendencia cualquier aumento en sus planes dentro de los cinco días posteriores a la publicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) cada mes. Esta medida busca garantizar que los aumentos no superen la inflación y fomentar la competencia en el sector para contener las subas. En este sentido, las empresas de medicina prepaga han presentado sus valores para el mes de junio cumpliendo con la normativa, con aumentos iguales o menores al último IPC notificado por el INDEC. Esto significa que no habrá incrementos por encima de la inflación en las cuotas del próximo mes, lo que refleja un compromiso por parte de las compañías de acompañar la baja de la inflación. A pesar de que la plataforma web para cargar los planes de actualización estará disponible en las próximas semanas, las empresas ya han comunicado a la Superintendencia los montos que aplicarán con la factura de junio. En orden decreciente, se han anunciado aumentos que van desde el 2,8% hasta el 1%, demostrando que todas las compañías están alineadas con la contención de las subas. Desde el Gobierno se destaca que esta medida ha logrado que las empresas del sector acompañen la baja de la inflación y compitan para generar más oferta, permitiendo a los beneficiarios elegir en libertad qué Agente del Seguro contratar. Empresas como OSDE, Galeno y Swiss Medical han actualizado sus cuotas en línea con el IPC de salud, demostrando su compromiso con la transparencia y la competencia. La Resolución 645/2025 establece nuevos requisitos para los aumentos de cuotas de prepagas y obras sociales, agregando un paso extra al mecanismo ya dispuesto desde el Ministerio de Salud en 2024. Esta medida busca garantizar la transparencia, generar competencia en el sector y fortalecer la capacidad de fiscalización del organismo. En conclusión, la nueva normativa ha tenido efectos positivos en la transparencia de las subas en el sector de la salud privada. Las empresas prepagas y las obras sociales están cumpliendo con los requisitos de la Superintendencia de Servicios de Salud, garantizando que los aumentos no superen la inflación y fomentando la competencia para beneficiar a los afiliados. Esta medida marca un avance en la regulación del sector y promueve una mayor transparencia y libertad de elección para los usuarios. Normativa de la Superintendencia de Servicios de Salud Acorde a la nueva normativa las entidades comprendidas en el artículo 1 de la Ley N° 26.682 deberán presentar ante Superintendencia de Servicios de Salud el texto completo de la comunicación dirigida a los usuarios, mediante la cual se planea informar el aumento de la cuota del plan de cobertura. También deberán adjuntar el porcentaje de variación a aplicar y el nuevo valor de la cuota mensual, discriminado por plan, franja etaria y, si cabe al caso, por región o zona geográfica. Procedimientos y Requisitos Por último, tendrán que consignar el cuadro tarifario vigente aplicable y el detalle de los valores de copago por prestación, si correspondiera. La resolución de la SSS determina que la presentación deberá realizarse a través de las herramientas electrónicas propiciadas en el sitio web institucional del organismo de forma tal de mantener actualizado el portal de información pública. Actualizaciones en el Sistema Para ello se implementaron una serie de mejoras y actualizaciones en el portal para permitir a las empresas y obras sociales la carga remota de los datos solicitados, mes a mes. Esa información será automáticamente absorbida por el sistema para plasmarla en la base de datos del sector donde las y los ciudadanos pueden controlar y comparar cuotas. Plazos y Notificaciones Asimismo, un requisito excluyente es que toda la documentación sea remitida con carácter previo a la notificación a los usuarios, cuyo plazo es el que determina en el artículo 17 del Anexo del Decreto N° 1993/2011 y sus modificatorios. Debe respetar además la antelación no inferior a los 30 días corridos previos al vencimiento del pago de la obligación. En caso de que incumpla con cualquiera de estas nuevas disposiciones que se añaden a las ya vigentes, la Superintendencia lo considerará una «falta formal» y se intimará a las empresas y obras sociales en falta a completar la información prevista bajo riesgo de sanción. Conclusión La Superintendencia de Servicios de Salud ha establecido nuevas normativas para las entidades comprendidas en la Ley N° 26.682 con el fin de garantizar la transparencia en los aumentos de las cuotas de los planes de cobertura. Estas medidas buscan proteger los derechos de los usuarios y asegurar que la información sea presentada de manera clara y oportuna. Es fundamental que las empresas y obras sociales cumplan con los plazos y requisitos establecidos para evitar sanciones y garantizar el buen funcionamiento del sistema de salud.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por