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  • Entre Ríos, Argentina

  • Revocan probation porque el imputado no fijó domicilio y se desentendió del proceso

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 22/05/2025 11:38

    La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional resolvió confirmar la revocación de la suspensión del juicio a prueba concedida a M. A. A. D., al constatar incumplimientos graves a las condiciones impuestas, especialmente la obligación de fijar domicilio. La decisión impugnada había sido adoptada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 20, y fue cuestionada por la defensa bajo los argumentos de supuesta arbitrariedad y falta de audiencia previa. Sin embargo, el tribunal de alzada desestimó esos planteos al considerar ajustado a derecho el razonamiento de la magistrada de ejecución. El voto principal fue emitido por el juez Ricardo Matías Pinto, quien destacó que al acceder a una probation, el imputado asume deberes precisos y legalmente relevantes para sostener la suspensión del proceso penal. Entre ellos, se encuentra la obligación de someterse a supervisión y de fijar un domicilio cierto y verificable. En este caso, el imputado nunca cumplió con dicha condición básica, y la única respuesta ofrecida por su defensa fue que “se están realizando gestiones para establecer contacto”, sin brindar precisiones ni acreditaciones. Para el juez Pinto, “se han verificado serios incumplimientos a las reglas impuestas, particularmente a una de las fundamentales para garantizar la correcta supervisión del instituto, esto es, la de fijar domicilio”, lo que demuestra un total desinterés del imputado por el proceso. Además, agregó que “ni siquiera volvió a contactarse con su asistencia técnica para aportar ese dato”, lo cual profundiza su incumplimiento y deslegitima cualquier pretensión de continuar bajo el régimen de suspensión. Defensa

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