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Parana » Entremediosweb
Fecha: 21/05/2025 15:49
A través del decreto 340, publicado este miércoles en el Boletín Oficial y por el que se desreguló el transporte marítimo, el Gobierno limitó el derecho a huelga de gran parte de los sindicatos y amplió las actividades consideradas esenciales, es decir, aquellas que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de conflicto. “Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”, indicó el artículo 3 del decreto, que modifica el artículo 24 de la Ley N° 25.877. El texto precisó: “En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”. Cuáles son los servicios esenciales a partir de ahora Según el artículo 3 del decreto 340, se considerarán servicios esenciales a partir de ahora: Los servicios sanitarios y hospitalarios , así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos; , así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos; La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable , gas y otros combustibles y energía eléctrica ; , y otros y ; Los servicios de telecomunicaciones , incluyendo internet y comunicaciones satelitales; , incluyendo internet y comunicaciones satelitales; La aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo y portuario ; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios; y el y ; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios; Los servicios aduaneros y migratorios , y demás vinculados al comercio exterior; y , y demás vinculados al comercio exterior; El cuidado de menores y educación de niveles guardería , preescolar , primario y secundario , así como la educación especial; de niveles , , y , así como la educación especial; El transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin; A su vez, se considerarán actividades de importancia trascendental las siguientes: La producción de medicamentos y/o insumos hospitalarios; de y/o insumos hospitalarios; El transporte terrestre y subterráneo de personas y/o mercaderías a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin; de personas y/o mercaderías a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin; Los servicios de radio y televisión ; y ; Las actividades industriales continuas, incluyendo siderurgia y la producción de aluminio, actividad química y la actividad cementera; continuas, incluyendo siderurgia y la producción de aluminio, actividad química y la actividad cementera; La industria alimenticia en toda su cadena de valor; en toda su cadena de valor; La producción y distribución de materiales de la construcción , servicios de reparación de aeronaves y buques, todos los servicios aeroportuarios, servicios logísticos, actividad minera, actividad frigorífica, correos, distribución y comercialización de alimentos y bebidas, actividad agropecuaria y su cadena de valor; , servicios de reparación de aeronaves y buques, todos los servicios aeroportuarios, servicios logísticos, actividad minera, actividad frigorífica, correos, distribución y comercialización de alimentos y bebidas, actividad agropecuaria y su cadena de valor; Los servicios bancarios , financieros , servicios hoteleros y gastronómicos y el comercio electrónico; y , , y y el comercio electrónico; y La producción de bienes y/o servicios de toda actividad que estuvieran afectados a compromisos de exportación. Fuente: TN
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