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  • La Justicia rechazó una cautelar de Fabián Gianola contra la Asociación Argentina de Actores

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 17/05/2025 04:36

    Fabián Gianola demandó a la Asociación Argentina de Actores por un monto indemnizatorio millonario (Crédito: Santiago Saferstein) En el marco de una demanda millonaria por daños y perjuicios contra la Asociación Argentina de Actores (AAA), la Cámara Civil porteña confirmó el rechazo de una medida cautelar solicitada por el actor Fabián Gianola para que se lo rehabilite como afiliado de la entidad gremial, de la que resultó suspendido “preventivamente” como consecuencia de una denuncia por abuso sexual presentada por la actriz Fernanda Meneses. La cautelar pretendida por Gianola tenía como fin “la inmediata rehabilitación de todos los derechos afiliatorios” del demandante frente a la AAA tras haber sido suspendido en una “medida preventiva urgente” adoptada por ese gremio en enero de 2022. El planteo cuestionó la carencia de “razones o motivaciones” para mantener vigente dicha sanción luego de que la Cámara Nacional en lo Criminal confirmara su absolución en el caso iniciado por Meneses. La denuncia en su contra había sido radicada por la actriz en junio de 2019 en virtud de supuestos hechos de abuso sexual ocurridos entre 2016 y 2017 en los camarines de Canal 9. La Justicia, unos años después, dictó la extinción de la acción penal por prescripción y el sobreseimiento de Gianola respecto a los cargos que se le imputaban. Al solicitar su reincorporación plena a la entidad actoral en febrero de este año, el defensor del comediante expuso: “la demandada explicó detalladamente que la causa penal promovida contra el Sr. Gianola por la Sra. Meneses fue el motivo de su sanción y suspensión como afiliado, pero nunca explicó la omisión de rehabilitarlo en sus derechos una vez demostrada la falsedad de la denuncia y finalizada la causa con el sobreseimiento del actor”. El planteo de Fabián Gianola para dejar sin efecto la suspensión al sindicato de actores fue rechazado en segunda instancia Luego indagó: “¿Cuál es entonces la razón de la Asociación Argentina de Actores para mantener a Gianola ‘preventivamente’ suspendido? Si al quedar notificada de la demanda quedó también formalmente informada de que su afiliado Gianola, tras batallar intensamente durante dos años contra injusticias y prejuicios de género, teniendo que sobrellevar sobre sus hombros las consecuencias de una infamia urdida en su contra y arriesgando hasta agotar su patrimonio, logró demostrar su inocencia y fue sobreseído, sin que quede en pie ni una sola de las falsas denuncias de las que fue objeto, ya no hay razón para mantener sancionado al actor". Y añadió: “En suma, el mantenimiento de la sanción contra el actor, aun luego de estar acreditada su inocencia carece de RAZONES O MOTIVACIONES QUE PERMITAN JUSTIFICAR SU VIGENCIA”. Este pedido se dio en el marco de una demanda por 600 millones de pesos que interpuso Gianola en julio de 2024 contra la AAA y su entonces presidenta, Alejandra Darín, fallecida en enero pasado. En ese escrito, el actor le endilgó a la entidad gremial la responsabilidad por provocar una profusa difusión de la denuncia de Meneses a partir de su decisión de suspenderlo como afiliado. “Hasta enero de 2022 la denuncia de la Sra. Meneses, si bien tenía intenciones escandalosas, aparecía tan inverosímil que apenas fue cubierta en los medios gráficos y audiovisuales en forma ocasional o casi anecdótica por algunos programas marginales, sin lograr despertar más que una repercusión aislada, apenas fogoneada por la denunciante o su patrocinante. Los periodistas serios y responsables, conocedores de la nueva modalidad de fraude mediático que se estaba instalando, apenas sí mencionaron las versiones que me involucraban y eran difundidas tanto por la Sra. Meneses como por otras denunciantes mediáticas que se fueron sucediendo (...), pues no deseaban difundir noticias que carecían de los mínimos visos de seriedad“, expresó el demandante en su presentación ante los tribunales civiles. Un párrafo después, consideró: “La indiferencia de periodismo y del público en general frente a estas denuncias poco significativas cambió drásticamente y dio un vuelco sustancial, pasando el caso a la primera plana cuando la prestigiosa y afamada ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ACTORES dispuso ‘suspenderme preventivamente’ en el ejercicio de mis derechos como afiliado". A su vez, agregó: “Fue a partir de este momento -14 de enero de 2022- cuando se produjo un cambio drástico en el foco o la atención de los medios de comunicación sobre mi caso judicial, pues ahora la ‘noticia’ ya no era una mera denuncia poco creíble de la Sra. Meneses, que la Justicia ya había rechazado en primera instancia aventando así cualquier hipótesis delictual. A partir de la suspensión preventiva dispuesto por la demandada el hecho imputado pasó a gozar de la credibilidad que la entidad gremial le facilitaba con todo el peso de su prestigio y trayectoria”. El expediente se radicó en la Sala F de la Cámara de Apelaciones en lo Civil porteña (Foto: CSJN) Y expresó: “A partir de semejante aval y premisa el periodismo en general ya podía difundir el escabroso caso sin riesgo alguno de actuar irresponsablemente, al amparo de la suspensión dispuesta nada menos que por la asociación gremial de actores y actrices más prestigiosa y respetada del país, mientras la notoriedad de mi figura alimentaba significativamente el ‘raiting’“. El actor de 62 años le atribuyó la adopción de esa medida punitiva al “apoyo de un colectivo de actrices” que se dirigió a la Comisión Directiva de la AAA, entonces en manos de Alejandra Darín, para pedirle “que lo retire como socio y afiliado” del sindicato en cuestión. La supuesta nota del “Colectivo de Actrices” fue acompañada por Gianola en su demanda, donde citó: “Por la presente, a raíz de la denuncia formulada por Fernanda Meneses y la acción iniciada contra el actor, Fabián Javier Gianola ante la justicia por ‘ABUSO SEXUAL SIMPLE’ y ‘ABUSO SEXUAL, CON ACCESO CARNAL’, que se tramita desde hace dos años y ha derivado en su acusación formal por parte de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), solicitamos a la Asociación Argentina de Actores se retire inmediatamente de su condición de socio y afiliado al mencionado actor, de acuerdo a lo previsto en el Estatuto social que dispone esta sanción en caso de inconducta notoria de un afiliado”. “Esperamos -continuó la nota anexada al escrito inicial- que la perspectiva de género por la que se pronunciara públicamente la Asociación y el antecedente del comunicado ‘Mirá cómo nos ponemos en la Asociación Argentina de Actores’ del 12 de diciembre de 2018 donde se sancionara a Juan Darthés, se aplique también en este caso". Y promediando el texto, el comunicado aseveró: “Hacemos nuestras sus palabras y las siguientes: ‘Más allá de lo que la justicia determine, somos cientos de actores y actrices, que esperan un resultado favorable a esta petición, ya que la idea de compartir (con él) cualquier espacio de labor artística, nos resulta insoportable”. Para ese momento, a inicios de 2022, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°49 de la Capital Federal había dictado su sobreseimiento, según expuso Gianola, quien el 2 de julio de 2024 reclamó a la AAA, y en forma solidaria a su titular, una indemnización por daños “a la imagen y al prestigio profesional”; a la “moral y al proyecto de vida”; por “lucro cesante y pérdida de chances”; “patrimonial originado en venta apresurada de bienes”; “psicológico” y “a la situación previsional y cobertura médica”. El colectivo de actrices fue señalado por el actor en la demanda contra la entidad gremial Con todo, la cautelar tendiente a sin efecto la suspensión sindical fue requerida el 17 de febrero pasado. En marzo, el juez de la causa, Camilo Almeida Pons, titular del Juzgado Civil 99 porteño, resolvió rechazar el pedido del actor tras evaluar que no surgían “elementos suficientes” para la admisión de la medida. Apelación mediante, el expediente se radicó en la Sala F de la Cámara Civil, integrada por los jueces Roberto Parrilli, Gabriela Scolarici y Claudio Ramos Feijoo, quienes de forma unánime decidieron este jueves confirmar lo dicho en primera instancia a través de una resolución de cuatro páginas a la que tuvo acceso Infobae. Según los camaristas, “con los elementos de prueba agregados por el momento en estas actuaciones, analizados con la provisoriedad con la cual es dable y dentro del acotado marco de valoración con que cabe juzgar las cuestiones atinentes al dictado de una cautelar; no puede tenerse por acreditada ‘prima facie’ la verosimilitud del derecho que exige una medida de la naturaleza y entidad como la que se solicita, por la circunstancia de que en sede penal se ha sobreseído al actor en la causa antes mencionada”. Bajo esos términos, concluyeron: “De ahí que en los términos requeridos y con los elementos aportados que deberán ser materia de prueba en la etapa procesal oportuna del proceso de conocimiento, no se justifica decretar la medida solicitada, máxime cuando no habría sido el inicio de la causa penal antes mencionada lo que originó la decisión tomada por la AAA cuestionada por el actor en este proceso, sino que la suspensión habría sido decretada en virtud de la denuncia y pruebas aportadas por otra afiliada frente a la Comisión de Género. Por lo que no cabe sino desestimar los agravios vertidos por el accionante”. El 6 de diciembre de 2023, la Justicia concedió la suspensión del juicio a prueba en favor del comediante en otro expediente iniciado en 2019 por la locutora Marcela Viviana Aguirre por supuestos hechos de “abuso sexual gravemente ultrajante” en su contra. En ese proceso, el Tribunal Oral Nº 3 le impuso al denunciado tareas comunitarias, un curso sobre violencia de género y el pago de $100.000 en concepto de reparación simbólica. Viviana Aguirre y Fabián Gianola, en los estudios de Colegiales (Fotos: Instagram)

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