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  • Crimen Paraná XVI: Declaran culpables a las imputadas y las condenan a prisión perpetua

    Parana » APF

    Fecha: 16/05/2025 17:30

    Un jurado popular encontró culpables del crimen de Mercedes Rodríguez a Daniela González y María de los Ángeles Giménez. El juez técnico que presidió el debate las condenó a la pena de prisión perpetua. Fiscalía solicitó que se dicte la prisión preventiva en la cárcel de mujeres hasta que la sentencia quede firme. El juez hizo lugar pero a Giménez le concedió el arresto domiciliario con tobillera por su hijo de 11 meses. No obstante fue al penal hasta que se consiga un dispositivo de control. viernes 16 de mayo de 2025 | 17:23hs. A las 15:50 el presidente del jurado popular que valoró la prueba que se produjo en el juicio contra Daniela González y María de los Ángeles Giménez, informó al juez técnico, Gervasio Labriola, que el jurado popular había arribado por unanimidad al veredicto de culpabilidad de ambas acusadas en el crimen de Mercedes Rodríguez, que tenía 73 años el 28 de octubre de 2023 cuando, según sostuvo el jurado popular, ambas urdieron un plan para matar a la mujer con el móvil de robarle dinero. Así, de nueve opciones que tuvo que evaluar el jurado popular, por unanimidad se optó por la que contemplaba la culpabilidad del delito de Homicidio doblemente agravado por alevosía y críminis causa, es decir que la mataron para robarle y procurar impunidad, en concurso real con el delito de Robo en grado de tentativa, en carácter de autoras. Mercedes Rodríguez tenía 73 años cuando el 28 de octubre de 2023, alrededor de las 14:30, fua abordada por las dos acusadas, que la golpearon, la ataron de pies y manos y le metieron un repasador en la garganta y un trapo en la boca que la terminó matando por asfixia. El hecho ocurrió en la casa de la víctima, en barrio Paraná XVI, El juez técnico, tras liberar al jurado, consultó a las partes si estaban preparadas para la audiencia de cesura, donde se determina el monto de la pena a imponer. Las partes respondieron que sí y Labriola dio los fundamentos sobre porqué la única pena a imponer de acuerdo a la calificación legal por las que fueron halladas culpables, es la de prisión perpetua, y añadió porqué el veredicto de culpabilidad era la solución correcta al caso. Luego, Fiscalía instó que se dicte la prisión preventiva en la Unidad Penal Nº6 de Mujeres de Paraná de ambas condenadas. Las mujeres llegaron al debate en libertad con restricciones. El juez entendió que los riesgos procesales invocados por la Fiscalía –que fueron refutados por las defensas-, no estaban aventados, sobre todo el peligro de fuga, habida cuenta que la única pena es la prisión perpetua, y dispuso la prisión preventiva de ambas en la cárcel pero respecto de Giménez, le concedió el arresto domiciliario porque tiene un hijo de 11 meses. Se lo concedió con tobillera electrónica, pero como no hay disponibilidad ordenó el inmediato traslado de ambas mujeres a la Unidad Penal Nº6. En los alegatos de cierre, la defensa de González sostuvo que ella no fue la autora del crimen y pidió veredicto de no culpabilidad por el beneficio de la duda. En tanto que la de Giménez, solicitó el mismo abordaje. Los fiscales lograron una condena por la calificación legal escogida. (APFDigital)

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