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  • Propietario de ortopedia cuestiona a la intervención del IOSPER por adjudicación de prótesis con sobreprecios

    Chajari » Chajari al dia

    Fecha: 16/05/2025 01:11

    Mientras el Ejecutivo provincial busca avanzar en la legislatura con el proyecto de disolución del Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER) y la creación de un nuevo organismo, los interventores adjudicaron el suministro de prótesis e insumos médicos a cuatro firmas radicadas en la Ciudad de Buenos Aires que, según denuncian ortopedias de la provincia, no sólo no están registrados como proveedores del Estado provincial sino que cotizaron valores por los ítems requeridos que, en los casos más extremos, superan en más del 100% los precios fijados por las empresas nucleadas en la Asociación de Proveedores de Ortopedia, Cirugía e Insumos de Entre Ríos (APOCIER). Los convenios con las empresas IPMAG SA, MTG Group SA, Tesis SRL y Cardiomed SA -todas con domicilio en CABA- se firmaron el 20 de marzo, los antiguos proveedores locales aseguran que no fueron informados hasta la fecha de la compulsa y que al no ser notificados supusieron que habían existido mejores ofertas. El propietario de Ortopedia Escobar y socio de APOCIER, Augusto Escobar, dijo que tomaron conocimiento esta semana de los convenios firmados y al ponerse al tanto de los valores aprobados por la intervención del IOSPER se llevaron una sorpresa por los montos autorizados y por las irregularidades en que se estaría incurriendo por parte de la actual administración de la obra social. “En febrero, esta gente de la intervención de Buenos Aires, a partir de que nosotros cortamos el servicio por falta de pago de varios meses, decide hacer una compulsa de precios, pero un poco informal, porque uno no podía presenciar la apertura de sobres sino que nos solicitaban presentar la propuesta vía mail”, señaló. Escobar recordó que, el 12 de febrero cotizaron los materiales y enviaron por correo electrónico el listado al que tuvo acceso PlazaWeb y solicitaron “en muchas ocasiones” información acerca del resultado. Según relató, poco después de dejar de recibir pedidos de materiales y órdenes de compra por parte de IOSPER, supieron que el suministro de insumos médicos había sido adjudicado a las firmas antes mencionadas. “A partir de la información que recibimos el lunes, en el cuadro comparativo nos encontramos con que en el 97% de los ítems (alrededor de 300) habíamos ganado nosotros con precios abismalmente más bajos. Estamos hablando de más o menos entre un 50% y un 90% más barato, y adjudicaron a las empresas de Buenos Aires”, cuestionó. Este medio accedió a los anexos incluidos en los convenios que la intervención del IOSPER -con la firma de su máxima autoridad, Mariano Gallegos; y el subinterventor, Ricardo García- selló con las empresas beneficiadas. De los valores aprobados y ya vigentes y su comparación con la propuesta presentada por las ortopedias entrerrianas nucleadas en APOCIER surgen valores que, de confirmarse las irregularidades advertidas por esta entidad, en casos extremos configuran sobreprecios de hasta el 200%. A modo de ejemplo, el abastecimiento de espaciadores de cadera (utilizados para para tratar infecciones protésicas), que APOCIER cotizó en $1.382.498, fue adjudicado en USD 2.421,84 ($2.803.801) a IPMAG SA –el convenio se firmó a valor dólar y se actualiza según la cotización de Banco de la Nación Argentina– lo que representa una diferencia de $1,421,303 (102,8%); diferencia llamativa y más aún si se tiene en cuenta que firmas ofrecieron la misma marca de prótesis. Un clavo de titanio –también de la misma marca– utilizado para fijar huesos rotos en caso de fracturas, fue cotizado en $999.000 por las ortopedias entrerrianas y adjudicado a IPMAG por valor de USD 2.110,69 (unos $2.385.080); es decir 138,7% más caro. La provisión de un sistema de reconstrucción craneal premoldeado, en ambos casos de la marca FIT3D, valuado en $ 2.700.000 según las ortopedias de la provincia, fue otorgada a IPMAG por USD 3.724,22 o unos $ 4.242.000, lo que implica un sobreprecio superior al 57%. La comparación de las planillas arroja resultados con diferencias en algunos casos más abultadas que en otros pero que, en cualquiera de los casos, si es que efectivamente se consideraron todas las propuestas presentadas, entraría en colisión, por un lado, con la Ley 9.353 de Compre provincial, que da prioridad en las contrataciones de bienes y servicios por parte de la Administración pública provincial, sus entes autárquicos y organismos descentralizados, a empresas con radicación no menor a tres años en la provincia, ofrezcan similar calidad de servicio y cuyos precios no superen en un 5% la mejor oferta en el caso de las licitaciones o el precio de plaza en el caso de las contrataciones directas. Por otro lado, no se estaría cumpliendo con lo que establece el encabezado de los anexos de los convenios, según el cual “se adjudica cada producto al proveedor de menor valor”. Fuente Plaza Web, por Santiago Mac Yntyre

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