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Concepcion del Uruguay » Miercoles Digital
Fecha: 13/05/2025 03:32
La jueza Elisa Zilli rechazó la tarde-noche de este lunes el pedido de sobreseimiento que formuló Sofía Riquelme, exesposa del exministro Pedro Báez, en la causa por enriquecimiento ilícito. No obstante, hizo lugar al pedido de la defensa para que se elabore una pericia contable oficial a cargo del cuerpo de profesionales del Superior Tribunal de Justicia (STJ). De esta manera, la causa demorará más tiempo en llegar a juicio oral y público. En esta instancia, Riquelme había apelado a la prescripción de la acción penal, pero la jueza consideró que la acción no se encuentra prescripta debido a que la Fiscalía mantuvo el impulso de la investigación en todo momento, según registró ANÁLISIS. De la audiencia participaron el fiscal Ignacio Aramberry y el abogado Ignacio Esteban Díaz, quien ejerce la defensa junto a José Velázquez. La jueza fundamentó su decisión en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y local. Al resolver, también analizó la complejidad del caso y concluyó que se trata de un hecho de corrupción en el ejercicio de funciones públicas que requierió una investigación exhaustiva, con pedido de informes a diferentes entidades, como bancos, Afip, Registro de Propiedad Inmueble y la Unidad de Investigación Financiera (UIF), entre otras. "No ha existido retardo en la labor investigativa que llevó adelante la Fiscalía. Se verificó, por el contrario, un impulso constante de la investigación. Se dispusieron desde el inicio numerosas medidas probatorias y adicionaron otras en el devenir de la investigación”, destacó. Según la acusación, durante el periodo en que Báez ocupó funciones públicas, entre 2007 y 2016, y con la colaboración de su entonces esposa, habrían incrementado su patrimonio de manera injustificada. En total, según una pericia de Fiscalía, se les atribuye un enriquecimiento de $4.179.885,62, equivalente a aproximadamente U$S 632.053,35. A Riquelme se le acusa de haber actuado como una persona interpuesta para disimular el verdadero patrimonio de su exesposo y gestionar sus fondos y bienes, a sabiendas de que las fuentes de ingreso de ambos no eran suficientes para justificar sus inversiones. Este ocultamiento, según la fiscalía, se produjo en el mismo periodo en que Báez ejerció funciones públicas. Sin embargo, hoy la jueza dispuso que se elabore una pericia oficial contable por parte de profesionales del STJ. La pericia contable tendrá que analizar la evolución del patrimonio de ambos durante un período de 25 años, comprendido entre 1991 y 2016. La jueza destacó la importancia de investigar adecuadamente los hechos de corrupción y señaló que el Estado argentino tiene obligaciones internacionales en este sentido. Pericia contable y una reforma necesaria En cuanto al pedido de una pericia contable a cargo del STJ, la magistrada sostuvo que las defensas venían planteando esa medida hace mucho tiempo. “Mediante un escrito adjunto al correo electrónico remitido al Ministerio Público Fiscal el 13 de diciembre del año 2024, ambos defensores solicitaron acceder al informe contable ampliatorio del Ministerio Público Fiscal. Debo decir que en dicha ocasión, el 13 de diciembre del año pasado, cuando la defensa solicitó esta medida al Ministerio Público Fiscal, expresó que lo hacía para garantizar el derecho de defensa e imparcialidad de un informe según el artículo 304 del Código Procesal Penal”. Más adelante, la jueza Zilli abrió un paréntesis y consideró que merece una modificación el artículo que regula la cuestión de las pericias contables en el Código Procesal Penal entrerriano. “No puedo dejar de señalar que el modo en que está regulado el tema en nuestro Código de Procedimientos no aparece de todo compatible con las características del sistema acusatorio, donde no existe ningún impedimento para que los exámenes periciales sean realizados por organismos que dependan del Ministerio Público Fiscal, como lo es por el Gabinete Pericial Contable de la Fiscalía, y no exclusivamente por el Cuerpo Penitencial del Superior Tribunal de Justicia, siempre que se garantice el derecho de defensa, se cumpla con la debida notificación previa para que se remite la facultad de proponer peritos de parte, también puntos de pericia y demás requerimientos legales establecidos. En este aspecto, debo destacar también que en el proyecto de reforma del Código Procesal Penal, que fue retirado de la Legislatura, se establecía que la pericia se realizará por el cuerpo pericial del Superior Tribunal de Justicia, con excepción de aquellos casos que requieran exámenes periciales de ciencias o materias que no posean expertos en dicho cuerpo”, valoró. Finalmente, destacó que esa propuesta agregaba que los defensores “podrán solicitar el legajo de investigación y medios de prueba producidos o ha producir que contribuyan a la tarea encomendada”. “Esta solución que propone el proyecto de reforma del Código de Procedimientos resulta más adecuada que el que está en vigencia, ya que nada impide que en el marco de un proceso acusatorio cada parte produzca su propias pericias y eso no significa que ellas no sram valoradas de manera desigual a las pericias oficiales. En otras palabras, el perito debe cumplir su labora sea de parte u oficial, observando los principios de su ciencia y sus conclusiones serán examinadas”, añadió. “No avizoro en este caso ninguna afectación a los imputados en el hecho de que la fiscalía haya dispuesto la realización de una pericia contable por parte de un perito del Gabintete del MPF y no del cuerpo oficial del STJ, en tanto y en cuanto se garantizó a la defensa del control de dicha labor. Pero, no obstante, se encuentra fundada la solicitud y entendiendo que la medida es útil y pertinente a los efectos de que se contrasten los ingresos, fuentes de recursos versus la totalidad de consumo e inversiones de Pedro Báez y Riquelme durante el período 1991-2016”, concluyó. “No hay desigualdad de género” Por último, la jueza Zilli sostuvo que en el caso de Riquelme no se observan elementos que permitan advertir una situación de desigualdad o discriminación por razones de género. Aclaró que si bien la defensa no invocó esta perspectiva, tras el análisis del caso, no surge del proceso ninguna forma de discriminación basada en el género. “No he identificado la existencia de desigualdades o discriminaciones de género. Se trata de una persona con estudios multidisciplinarios, siendo Licenciada en Trabajo Social, actualmente jubilada, que reside en la ciudad de Paraná, que trabajaba en el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda, que ganaba alrededor de 1.900.000 pesos, y que tiene casa propia”, completó. Esta nota es posible gracias al aporte de nuestros lectores Sumate a la comunidad El Miércoles mediante un aporte económico mensual para que podamos seguir haciendo periodismo libre, cooperativo, sin condicionantes y autogestivo. Deja tu comentario comentarios
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