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» La Guia Semanal
Fecha: 08/05/2025 13:18
Leo Chiarella: "La corrupción es el principal problema que tenemos en nuestro país" Cayó el proyecto de Ficha Limpia. La iniciativa que buscaba impedir que personas con condenas por corrupción accedan a cargos electivos no logró avanzar en el Congreso. El Intendente de Venado Tuerto se refirió sobre este polémico tema en sus redes sociales: "La corrupción es el principal problema que tenemos en nuestro país", remarcó Chiarella y agregó: "Los que quieren impunidad rechazaron la ley de ficha limpia". "Le siguen dando la espalda a la sociedad, al futuro", finalizó el Intendente de Venado Tuerto. El Senado rechazó Ficha Limpia: los misioneros Arce y Rojas Decut bloquearon la ley junto al kirchnerismo En una sesión que fue menos tensa de lo que se esperaba en la previa y sorprendió en el último minuto, el Senado rechazó este miércoles por la noche la ley de Ficha Limpia: la iniciativa obtuvo 36 votos y no llegó a la mayoría absoluta (37). Es que, al rechazo anticipado del kirchnerismo, se sumaron los misioneros renovadores -no massistas- Carlos Arce y Sonia Rojas Decut. La norma implicaba la modificación de las reglas de elegibilidad para los candidatos a cargos públicos y bloqueaba a quienes tengan una condena confirmada en segunda instancia relacionada con delitos contra la administración pública, como el caso de Cristina Kirchner, quien de esta manera continúa con la posibilidad de una postulación nacional, salvo que decida presentarse como candidata provincial en la compulsa bonaerense. La ley englobaba los “delitos de fraude en perjuicio de la administración pública contemplado en el artículo 174, inciso 5 del Código Penal”. También, a los “delitos previstos en los capítulos VI-Cohecho y tráfico de influencias, VII-Malversación de caudales públicos, VIII-Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, IX-Exacciones ilegales, IX bis-Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y XIII-Encubrimiento, todos ellos contemplados en el título XI-Delitos contra la administración pública, del libro segundo del Código Penal”. Además, quedaban comprendidos en el frustrado mecanismo “todo otro delito doloso contra la administración que conlleve enriquecimiento que sea dispuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Constitución”.
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